Que es la no-divulgacion bajo el Government Code §411.0725
La no-divulgacion es una orden judicial que ordena al Texas Department of Public Safety (DPS) y a otras agencias gubernamentales sellar los registros de un caso penal contra la divulgacion a entidades no autorizadas. La base estatutaria principal esta en el Subcapitulo F del Capitulo 411 del Government Code, especificamente las secciones §411.071 a §411.0775.
El §411.0725 cubre la no-divulgacion despues de adjudicacion diferida exitosa para misdemeanors y la mayoria de felonias. El §411.0731 cubre la no-divulgacion despues de adjudicacion diferida exitosa para DWI. El §411.072 cubre la no-divulgacion automatica disponible para ciertos misdemeanors de bajo nivel sin necesidad de presentar peticion. El §411.0735 cubre la no-divulgacion despues de community supervision exitosa por ciertos misdemeanors. El §411.074 establece las exclusiones categoricas — los cargos que nunca son elegibles para no-divulgacion.
Cuando una orden de no-divulgacion esta vigente, las siguientes entidades NO pueden acceder al registro sellado durante busquedas estandar: empleadores privados tipicos, propietarios de viviendas, escuelas privadas, miembros del publico, agencias de seguros, y la mayoria de empleadores del sector privado. Sin embargo, las siguientes entidades SI pueden acceder al registro sellado bajo el §411.0765: agencias estatales y federales de aplicacion de la ley, jueces y tribunales, las juntas de licencias profesionales enumeradas (medicina, enfermeria, educacion, abogacia, aplicacion de la ley, ciertos roles financieros), instituciones educativas publicas, hospitales que emplean profesionales medicos, y empleadores en industrias reguladas especificamente.
La distincion fundamental con la expuncion es importante. La expuncion bajo el Capitulo 55 del Codigo de Procedimiento Criminal destruye fisicamente los registros — no existen mas en las bases de datos. La no-divulgacion bajo el Government Code §411.0725 sella los registros — siguen existiendo, pero no son accesibles a entidades no autorizadas. Una persona con una orden de no-divulgacion puede legalmente decir "no" cuando un empleador privado pregunta sobre el cargo sellado, pero NO puede negar el cargo bajo juramento en un procedimiento judicial donde el tribunal especificamente pregunta.
La no-divulgacion (non-disclosure, tambien conocida como "sealing") es el remedio post-disposicion principal para personas que completaron exitosamente adjudicacion diferida bajo el Art. 42A.101 del Codigo de Procedimiento Criminal. Cuando una corte concede una orden de no-divulgacion bajo el Government Code §411.0725, los registros del caso no se destruyen — pero quedan sellados a la mayoria de empleadores privados, propietarios de viviendas, y miembros del publico que realizan busquedas estandar de antecedentes criminales. La no-divulgacion no es tan amplia como la expuncion bajo el Capitulo 55 del Codigo de Procedimiento Criminal, pero esta disponible para una gama mucho mayor de disposiciones.
Esta pagina explica los criterios de elegibilidad para no-divulgacion bajo el Government Code §411.071 a §411.0775 — incluyendo los requisitos especificos para personas que completaron adjudicacion diferida, los plazos de espera por categoria de cargo, las exclusiones categoricas bajo el §411.074 que eliminan elegibilidad para ciertos tipos de cargos, y la interaccion entre la no-divulgacion y la expuncion. L and L Law Group, PLLC tramita peticiones de no-divulgacion en los nueve condados del norte de Texas que servimos.
Categoria principal — No-divulgacion despues de adjudicacion diferida bajo §411.0725
La categoria de mayor uso practico es la no-divulgacion despues de la completacion exitosa de adjudicacion diferida bajo el Art. 42A.101 del Codigo de Procedimiento Criminal. Bajo el §411.0725, una persona que (1) recibio adjudicacion diferida, (2) completo exitosamente todas las condiciones del periodo de prueba, y (3) recibio una desestimacion final del cargo es elegible para presentar peticion de no-divulgacion.
Para entender este remedio, es necesario entender la adjudicacion diferida. Bajo el Art. 42A.101, despues de que el acusado declara culpable o nolo contendere, el tribunal puede diferir el procedimiento sin entrar fallo de culpabilidad y colocar al acusado en community supervision. Las condiciones tipicamente incluyen: tarifas mensuales de supervision, servicio comunitario, abstinencia de drogas y alcohol con pruebas aleatorias, prohibicion de reasociacion con co-defendantes, cumplimiento con cualquier requisito especifico al caso (cursos de manejo defensivo, cursos de violencia familiar, tratamiento de adicciones), y comparecencia regular ante el oficial de supervision.
Si la persona completa exitosamente todas las condiciones, el tribunal desestima el cargo bajo el Art. 42A.111. La desestimacion bajo adjudicacion diferida es procedimentalmente distinta de la desestimacion despues de pretrial diversion que cubrimos en el articulo de elegibilidad para expuncion. La desestimacion bajo adjudicacion diferida produce elegibilidad para no-divulgacion bajo §411.0725 — NO para expuncion bajo el Capitulo 55.
Los plazos de espera para presentar la peticion de no-divulgacion despues de la desestimacion varian por nivel del cargo bajo el §411.0725(c). Para misdemeanors Clase C no enumerados en exclusiones — disponible inmediatamente despues de la desestimacion. Para misdemeanors Clase A y Clase B no enumerados en exclusiones — dos anos despues de la desestimacion. Para felonias no enumeradas en exclusiones — cinco anos despues de la desestimacion. Estos plazos se cuentan desde la fecha de la orden de desestimacion bajo el Art. 42A.111, no desde la fecha de la declaracion de culpabilidad original.
Exclusiones categoricas bajo §411.074 — cargos que nunca son elegibles
El §411.074 del Government Code establece una lista de exclusiones categoricas — cargos que nunca son elegibles para no-divulgacion bajo §411.0725, sin importar cuanto tiempo haya pasado desde la disposicion. Estas exclusiones son criticas para la evaluacion inicial de elegibilidad.
Cargos con determinacion de violencia familiar. Bajo el §411.074(a)(1)(B), cualquier cargo que resulto en una determinacion afirmativa de violencia familiar bajo el Art. 42.013 del Codigo de Procedimiento Criminal es categoricamente excluido — incluso si la persona completo exitosamente adjudicacion diferida. Esta exclusion es particularmente importante porque la determinacion de violencia familiar tambien activa la prohibicion federal de armas bajo la Lautenberg Amendment (18 U.S.C. §922(g)(9)).
Cargos contra menores. Los cargos enumerados que involucran victimas menores de edad — incluyendo continuous sexual abuse of a child bajo §21.02, asalto sexual de menor bajo §22.011, asalto sexual agravado bajo §22.021, indecency with a child bajo §21.11, sexual performance by a child bajo §43.25, pornografia infantil bajo §43.26, online solicitation of a minor bajo §33.021 — son categoricamente excluidos.
Cargos de homicidio. Murder bajo §19.02, capital murder bajo §19.03, manslaughter bajo §19.04, y criminally negligent homicide bajo §19.05 son categoricamente excluidos.
Asalto agravado y otros violentos. Aggravated assault bajo §22.02, aggravated robbery bajo §29.03, aggravated kidnapping bajo §20.04, trafficking of persons bajo §20A.02, y continuous trafficking bajo §20A.03 son categoricamente excluidos.
Cargos de stalking. Bajo §411.074(a)(1)(C), cualquier cargo bajo §42.072 (stalking) es categoricamente excluido.
Cargos de violacion de orden de proteccion. Bajo §411.074(a)(1)(D), cargos bajo §25.07 (violation of protective order) y §25.072 (repeated violation of protective order) son categoricamente excluidos.
Cargos contra empleados publicos. Ciertos cargos que involucran funcionarios publicos, incluyendo bribery bajo §36.02 y misuse of official information bajo §39.06, son categoricamente excluidos.
Esta lista no es exhaustiva — el §411.074 contiene aproximadamente 25 categorias enumeradas. La consulta con un abogado para revisar la lista completa contra los cargos especificos del caso es esencial antes de presentar una peticion.
No-divulgacion automatica para misdemeanors bajo §411.072
El §411.072 del Government Code establece un proceso de no-divulgacion automatica para misdemeanors de bajo nivel sin necesidad de presentar peticion formal. Esta disposicion, implementada en 2015 y expandida en sesiones legislativas posteriores, aborda el alto volumen de casos elegibles donde el costo y la complejidad de una peticion individual disuadia a muchas personas calificadas de buscar el remedio.
Para que aplique la no-divulgacion automatica bajo §411.072, deben cumplirse todos los siguientes criterios: (1) el cargo era un misdemeanor distinto de los listados como excluidos, (2) la persona completo exitosamente community supervision o cumplio la sentencia, (3) la persona no ha sido condenada por ningun otro delito durante el periodo de espera estatutario (dos anos para la mayoria de misdemeanors), (4) la persona no enfrenta cargos penales pendientes al momento de la elegibilidad, y (5) el cargo especifico esta dentro de la lista de misdemeanors elegibles para automatica.
Los misdemeanors elegibles para no-divulgacion automatica incluyen: asalto simple bajo §22.01(a)(1) sin determinacion de violencia familiar, intoxication assault sin lesion corporal seria, ciertos cargos de propiedad de bajo valor bajo Capitulo 31 del Penal Code, misdemeanors de conducta desordenada, y otros cargos similares. La lista completa esta en el §411.072(a).
La no-divulgacion automatica significa que el DPS sella el registro sin necesidad de orden judicial especifica para el caso individual. La persona elegible no necesita presentar peticion ni pagar tarifas de tribunal — el sealing ocurre automaticamente cuando se cumplen los criterios estatutarios.
Sin embargo, hay complicaciones practicas. Aunque el sealing es "automatico" bajo el estatuto, el DPS tipicamente requiere notificacion proactiva de que la persona ha cumplido los criterios. En la practica, muchas personas elegibles para automatica nunca reciben el beneficio porque no notifican al DPS de su elegibilidad. La consulta con un abogado para confirmar la elegibilidad y proporcionar la notificacion apropiada al DPS es prudente.
No-divulgacion despues de community supervision exitosa bajo §411.0735
El §411.0735 establece una categoria adicional de elegibilidad para personas que completaron exitosamente community supervision (probation directa) — no adjudicacion diferida — para ciertos misdemeanors especificos.
Esta es una excepcion importante a la regla general de que la condena directa con probation directa no produce elegibilidad para no-divulgacion. El §411.0735 fue agregado por la legislatura para abordar situaciones donde personas con cargos de bajo nivel completaron la probation con exito y demostraron rehabilitacion, pero la regla original las excluia del remedio.
Los criterios para elegibilidad bajo §411.0735 incluyen: (1) el cargo era un misdemeanor especificado en el estatuto, (2) la persona recibio condena directa con community supervision (no adjudicacion diferida), (3) la persona completo exitosamente toda la community supervision, (4) ha pasado el periodo de espera estatutario desde la completacion, y (5) la persona no ha sido condenada por ningun otro delito durante el periodo de espera.
Los misdemeanors cubiertos por §411.0735 son una lista limitada — no todos los misdemeanors. La consulta con un abogado es necesaria para confirmar si el cargo especifico cualifica. La elegibilidad bajo §411.0735 requiere presentacion de peticion formal — no opera automaticamente como el §411.072.
Plazos de espera y calculo del periodo de elegibilidad
Los plazos de espera bajo §411.0725 y otras secciones son criticos para determinar cuando la peticion puede presentarse. Errores en el calculo del plazo son una causa comun de negaciones de peticion.
Para misdemeanors Clase C bajo §411.0725(c)(1) — cuando el cargo no esta excluido — la peticion puede presentarse inmediatamente despues de la desestimacion bajo Art. 42A.111.
Para misdemeanors Clase A y Clase B bajo §411.0725(c)(2) — cuando el cargo no esta excluido — la peticion puede presentarse dos anos despues de la desestimacion.
Para felonias bajo §411.0725(c)(3) — cuando el cargo no esta excluido — la peticion puede presentarse cinco anos despues de la desestimacion.
Para DWI bajo §411.0731(c) — cuando el cargo cualifica bajo los criterios especificos de DWI — la peticion puede presentarse dos anos despues de la desestimacion, siempre que el cargo no este excluido por elementos agravantes especificos enumerados en §411.0731(b).
El periodo de espera se cuenta desde la fecha de la orden de desestimacion bajo el Art. 42A.111 — NO desde la fecha de la declaracion de culpabilidad original ni desde la fecha del arresto. Si la persona estuvo en periodo de prueba diferida por dos anos y luego recibio la desestimacion, el periodo de espera para no-divulgacion comienza en la fecha de la desestimacion. Esto significa que para una felonia con periodo de prueba diferida de dos anos, el tiempo total desde la declaracion original hasta la elegibilidad para no-divulgacion es siete anos minimo (dos anos de prueba + cinco anos de espera).
Durante el periodo de espera, la persona NO puede ser condenada por ningun otro delito (con la excepcion de traffic citations Clase C tipicas). Una condena durante el periodo de espera reinicia el reloj o, en algunos casos, elimina la elegibilidad permanentemente dependiendo de la naturaleza del nuevo cargo.
Procedimiento para presentar la peticion de no-divulgacion
Despues de confirmar la elegibilidad bajo §411.0725 (o la seccion apropiada), el procedimiento para obtener la orden de no-divulgacion sigue los pasos del §411.0725(d) y secciones relacionadas.
Paso 1 — Peticion en el tribunal que desestimo el caso. A diferencia de la expuncion que se presenta en cualquier tribunal de distrito del condado donde ocurrio el arresto, la peticion de no-divulgacion se presenta en el tribunal que entro la orden original de desestimacion bajo el Art. 42A.111. Esto puede ser un County Court at Law (para misdemeanors) o un District Court (para felonias).
Paso 2 — Pago de tarifa. La tarifa estatutaria bajo §411.0725(d) es $28 mas las tarifas locales del condado, tipicamente sumando $250-$350 en total dependiendo del condado.
Paso 3 — Notificacion a la fiscalia. El tribunal notifica a la oficina del fiscal del condado. La fiscalia tiene 45 dias para presentar objeciones bajo el §411.0725(d).
Paso 4 — Audiencia (si necesaria). Si la fiscalia objeta o si el tribunal requiere argumentos adicionales, se celebra audiencia. En la audiencia, el peticionario debe demostrar (1) elegibilidad bajo el estatuto y (2) que la orden esta en el "interest of justice" bajo el §411.0725(b). La prueba del interes de justicia tipicamente involucra evidencia de rehabilitacion: empleo estable, ausencia de nuevos cargos, vida familiar estable, contribuciones a la comunidad, completacion de educacion o capacitacion profesional, evidencia de servicio comunitario voluntario mas alla de lo requerido por la sentencia.
Paso 5 — Orden de no-divulgacion. Si la peticion es concedida, el tribunal firma la orden. La orden incluye la descripcion del caso sellado y dirige al DPS y otras agencias a procesar el sealing.
Paso 6 — Notificacion al DPS. El tribunal envia copia certificada de la orden al DPS, que actualiza sus bases de datos y notifica a las agencias afiliadas. El sealing tipicamente se implementa en bases de datos del DPS dentro de 30-60 dias.
L and L Law Group, PLLC tramita peticiones de no-divulgacion en los nueve condados del norte de Texas que servimos. La consulta inicial es gratuita y confidencial, en ingles o espanol. Telefono: (972) 370-5060. Oficina: 5899 Preston Road, Suite 101, Frisco, TX 75034.
Limitaciones de la no-divulgacion y interaccion con expuncion
La no-divulgacion ofrece proteccion significativa, pero es importante entender sus limitaciones — particularmente cuando se compara con la expuncion bajo el Capitulo 55 del Codigo de Procedimiento Criminal.
Limitacion 1 — Acceso por entidades enumeradas. Bajo el §411.0765, las siguientes entidades pueden acceder a registros sellados: agencias estatales y federales de aplicacion de la ley, jueces y oficinas de procuradurias y defensorias publicas, las juntas de licencias profesionales especificamente enumeradas (Texas Board of Nursing, Texas Education Agency / State Board for Educator Certification, Texas Real Estate Commission, State Bar of Texas, Texas Commission on Law Enforcement, etc.), hospitales y centros medicos que emplean profesionales medicos directamente, instituciones educativas publicas, y ciertos empleadores federales en posiciones que requieren security clearance.
Limitacion 2 — Bases de datos privadas. Las companias privadas de antecedentes criminales (CRA — Consumer Reporting Agencies) que obtuvieron copias de los registros antes de la fecha de sealing tienen obligaciones bajo el Fair Credit Reporting Act (FCRA) federal y la Texas Business & Commerce Code §20.05 para actualizar sus bases de datos cuando reciben notificacion de un sealing. Sin embargo, en la practica, muchas CRAs no actualizan sus bases de datos proactivamente — requieren disputas formales del consumidor bajo el FCRA §1681i para corregir la informacion.
Limitacion 3 — Consecuencias federales. La no-divulgacion estatal no afecta los registros federales. Para no ciudadanos, el cargo sellado continua siendo una "condena para propositos de inmigracion" bajo INA §101(a)(48)(A). Para personas con restricciones federales de armas bajo Lautenberg (18 U.S.C. §922(g)(9)), el sealing estatal no restaura los derechos federales. Para personas con security clearances federales, el cargo continua siendo reportable bajo SF-86 y formularios similares.
Limitacion 4 — Bajo juramento. Bajo el §411.0725 y procedimientos relacionados, la persona con orden de sealing puede legalmente decir "no" cuando un empleador privado pregunta sobre el cargo, pero NO puede negar el cargo bajo juramento en un procedimiento judicial donde el tribunal especificamente pregunte. Esto es una distincion legal importante, particularmente en futuros casos penales donde el historial criminal puede ser relevante para sentencing.
Cuando expuncion es preferible. Para casos donde la expuncion bajo el Capitulo 55 esta disponible (absolucion en juicio, no-bill del gran jurado, desestimacion despues de pretrial diversion), la expuncion es siempre preferible porque destruye los registros completamente. La no-divulgacion es el siguiente mejor remedio cuando la expuncion no esta disponible.
L and L Law Group, PLLC evalua cada caso para determinar la combinacion optima de remedios disponibles bajo el Capitulo 55 (expuncion) y el Capitulo 411 (no-divulgacion). La consulta es gratuita en ingles o espanol. Telefono: (972) 370-5060.
