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Expunción Texas

Quien Califica para Expunción en Texas — Texas marco de elegibilidad

Las peticiones de expunción en Texas se rigen por el Capítulo 55 del Código de Procedimiento Criminal y se presentan en los tribunales de distrito de los nueve condados del norte de Texas que servimos. Los socios cofundadores de L and L Law Group, PLLC supervisan cada caso, identifican la categoría correcta de elegibilidad bajo el Cap. 55A (antes Art. 55.01), y manejan la petición desde la presentación hasta la confirmacion de destrucción de registros.

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Nota editorial. Este artículo es información legal general publicada por L and L Law Group, PLLC, un bufete con licencia del Colegio de Abogados de Texas. No es asesoría legal para ningún caso específico. No surge una relación abogado-cliente hasta que se firme un contrato de representación por escrito. Revisado por Njeri London (TX Bar 24043266) y Reggie London (TX Bar 24043514) el 2026-05-18.

Que es la expunción bajo el Capítulo 55 del Código de Procedimiento Criminal

La expunción (expunction) es un procedimiento civil ante un tribunal de distrito que ordena la destrucción física de todos los registros relacionados con un arresto. El termino tecnico en Texas es "expunction" — distinto de "expungement" usado en otros estados, aunque el concepto es similar. El Capítulo 55A del Código de Procedimiento Criminal (antes Capítulo 55, articulos 55.01 a 55.06, hasta el 1 de enero de 2025) establece quien califica, como presentar la petición, y los efectos de la orden.

Los Subcapitulos A a D del Cap. 55A (antes Art. 55.01) enumeran las categorías especificas de elegibilidad. Los Arts. 55A.201 a 55A.258 (antes Art. 55.02) establecen el procedimiento para presentar la petición. El Art. 55.03 describe los efectos de la orden de expunción. El Art. 55.04 trata sobre la destrucción de los registros. El Art. 55.05 cubre las consecuencias de la divulgación no autorizada. El Art. 55.06 establece las reglas para casos no elegibles donde aun así puede ordenarse la destrucción limitada de registros.

Después de una expunción exitosa, la persona puede legalmente negar que el arresto ocurrio en formularios de empleo, formularios de licencias profesionales, formularios de admisión a universidades, y en cualquier otra circunstancia salvo bajo juramento en un procedimiento judicial donde un juez especificamente pregunte. Bajo el Art. 55.03(2), la persona puede legalmente decir que el arresto no ocurrio cuando se le pregunta directamente, lo cual es un remedio extraordinariamente protector.

La distinción fundamental con la no-divulgación (sealing) bajo el Government Code §411.0725 es importante. La no-divulgación no destruye los registros — simplemente limita quien puede acceder a ellos. La expunción destruye fisicamente los registros y, en la mayoría de las bases de datos, los hace inexistentes. La expunción es un remedio mucho mas poderoso, pero esta limitado a categorías especificas de elegibilidad bajo el Cap. 55A (antes Art. 55.01). Cuando la expunción no esta disponible, la no-divulgación puede ser el siguiente mejor remedio.

La expunción es el remedio post-disposición mas poderoso disponible en el sistema penal de Texas. Cuando una corte concede una orden de expunción bajo el Capítulo 55 del Código de Procedimiento Criminal, todas las agencias estatales — la policía local, el sheriff del condado, el fiscal, el tribunal, el Texas Department of Public Safety (DPS), y el Federal Bureau of Investigation (FBI) cuando se notifica — deben fisicamente destruir o devolver los registros del arresto, la acusación, y el procedimiento. Esto incluye huellas digitales, fotografias, expedientes de la corte, y entradas en las bases de datos de antecedentes criminales. Después de una expunción exitosa, el solicitante puede negar legalmente que el arresto ocurrio, salvo en un procedimiento judicial donde un juez especificamente pregunte sobre el registro expuncionado bajo el Art. 55.03.

Pero la expunción no esta disponible para todos los casos. El Cap. 55A (antes Art. 55.01) del Código de Procedimiento Criminal establece categorías especificas de elegibilidad — y los hechos del caso, la disposición final, y los plazos estatutarios determinan si una persona califica. Esta pagina explica las categorías de elegibilidad bajo el Capítulo 55 en detalle: la absolución en juicio, la desestimación después de pretrial diversion, el no-bill del gran jurado, el perdon ejecutivo, la identidad robada, y las arrestos sin presentación de cargos. L and L Law Group, PLLC tramita peticiones de expunción en los nueve condados del norte de Texas que servimos.

Categoría 1 — Absolución en juicio bajo Art. 55A.002 (antes Art. 55.01(a)(1)(A))

La primera categoría de elegibilidad bajo el Art. 55A.002 (antes Art. 55.01(a)(1)(A)) cubre los casos donde el acusado fue absuelto en juicio. La absolución puede ocurrir por veredicto del jurado, por veredicto del tribunal en un juicio sin jurado (bench trial), o por absolución directa del tribunal bajo el Art. 38.17 cuando la evidencia de la fiscalía es insuficiente como cuestion de derecho.

La elegibilidad por absolución es categorica e inmediata — no hay periodo de espera estatutario. Una vez que el veredicto de no culpabilidad es firme y la fiscalía no apela (o agota sus apelaciones), el acusado puede presentar la petición de expunción inmediatamente. La petición se presenta en el tribunal de distrito del condado donde ocurrio el arresto.

Hay dos limitaciones importantes para tener en mente. Primera, la absolución en un cargo no extiende la elegibilidad para expuncionar los registros de otros cargos relacionados que no resultaron en absolución. Si el acusado fue absuelto del cargo principal pero declaro culpable o no contest a un cargo menor relacionado, solamente el cargo absuelto califica para expunción. La fiscalía frecuentemente estructura las disposiciones precisamente para limitar la disponibilidad de la expunción futura.

Segunda, la absolución seguida de un nuevo juicio por el mismo cargo presenta complicaciones. Si la corte de apelaciones revierte la absolución y autoriza un nuevo juicio (lo cual es raro bajo la doctrina de double jeopardy de la Quinta Enmienda y el Art. I §14 de la Constitución de Texas), la elegibilidad para expunción puede estar en disputa hasta que el caso este completamente resuelto.

La declaración de inocencia formal — distinta de la simple absolución — bajo el Art. 11.073 del Código de Procedimiento Criminal por nueva evidencia cientifica también es base de elegibilidad bajo el Art. 55A.002 (antes Art. 55.01(a)(1)(A)). Los casos en los que el tribunal concede un hábeas corpus basado en innocence claims producen elegibilidad inmediata para expunción. La Texas Court of Criminal Appeals ha conocido varios casos prominentes de exoneraciones por DNA en los últimos años, varios de los cuales originaron en condados de DFW.

Categoría 2 — Desestimación después de pretrial diversion bajo Arts. 55A.052-55A.053 (antes Art. 55.01(a)(2)(A))

La segunda categoría de mayor uso practico es la desestimación después de la completación exitosa de un programa de pretrial diversion. Bajo el Arts. 55A.052-55A.053 (antes Art. 55.01(a)(2)(A)), cuando la fiscalía desestima el caso porque el acusado completo un programa de diversion aprobado por el tribunal, el acusado es elegible para expunción.

El pretrial diversion es un programa pre-procesamiento. A diferencia de la adjudicación diferida (que es post-declaración y produce no-divulgación, no expunción), la diversion ocurre antes de que el caso avance formalmente por el proceso penal. El acusado firma un acuerdo con la fiscalía para cumplir condiciones supervisadas — servicio comunitario, cursos educativos, evaluación y tratamiento de sustancias controladas, pago de costos administrativos, supervisión con visitas regulares — durante un periodo que típicamente va de 6 a 24 meses dependiendo de la naturaleza del cargo y del programa.

Cuando el acusado completa todas las condiciones, la fiscalía presenta una moción para desestimar el caso bajo el Art. 32.02 del Código de Procedimiento Criminal. La orden de desestimación debe identificar la completación del programa de diversion como la base de la desestimación. Una vez que la orden de desestimación es firme, el acusado puede presentar la petición de expunción.

No todos los condados del norte de Texas ofrecen programas de pretrial diversion para todos los cargos. En el Condado de Collin, la fiscalía bajo el DA Greg Willis tiene programas establecidos para misdemeanors de primer cargo, drogas de bajo nivel para acusados primerizos, y algunos cargos de fraude. En el Condado de Dallas, la oficina del DA Faith Johnson (y subsecuentes administraciones) ha mantenido y expandido los programas de diversion. En el Condado de Tarrant y el Condado de Denton, los programas tienen criterios de admisión similares.

La elegibilidad para diversion típicamente requiere historial limpio, cargo no violento, y participación cooperativa del acusado. Los cargos con determinación de violencia familiar bajo el Art. 42.013 frecuentemente están excluidos. Los cargos de DWI están excluidos en la mayoría de los condados porque el Penal Code §49.04 et seq. tiene su propio marco de disposición. Las felonías serias rara vez son elegibles.

Categoría 3 — Desestimación sin diversion bajo Art. 55A.053 (antes Art. 55.01(a)(2)(A)(ii)) y plazos de espera

Cuando la desestimación no es producto de un programa de diversion, la elegibilidad para expunción bajo el Art. 55A.053 (antes Art. 55.01(a)(2)(A)(ii)) opera bajo plazos de espera estatutarios. Los plazos dependen del nivel del cargo original y de si la prescripción (statute of limitations) ha corrido.

Bajo el Art. 55A.053(a)(2)(A) (antes Art. 55.01(a)(2)(A)(ii)(a)), una persona es elegible para expunción si la prescripción del cargo ha vencido y la persona no ha sido procesada. Los plazos de prescripción bajo el Art. 12.01 del Código de Procedimiento Criminal varían: dos años para la mayoría de los misdemeanors, tres años para felonías no enumeradas, cinco años para felonías enumeradas como robo con allanamiento, siete años para felonías de hurto, diez años para felonías contra menores, y sin prescripción para algunos cargos serios como homicidio capital, asalto sexual con uso de DNA, y continuous sexual abuse of a child bajo §21.02.

Bajo el Art. 55A.053(a)(2)(C) (antes Art. 55.01(a)(2)(A)(ii)(c)), una persona arrestada que nunca fue formalmente acusada (sin presentación de cargos en la corte) es elegible para expunción después de los siguientes plazos de espera desde la fecha del arresto: 180 días para Class C, un año para Class A y Class B, y tres años para felonías. Estos plazos son criticos para casos donde el acusado fue arrestado, procesado, y luego liberado sin que la fiscalía presentara cargos formales.

Para felonías donde la fiscalía presento la acusación y luego desestimo el caso sin diversion, la elegibilidad puede requerir esperar hasta que la prescripción completa haya corrido — un periodo significativo dependiendo de la naturaleza del cargo. La regla protege a la fiscalía contra la destrucción prematura de registros que podrian ser necesarios si el caso se reabre con nueva evidencia.

La desestimación expresa con "intención de no reactivacion" — donde el fiscal incluye lenguaje en la orden de desestimación indicando que no re-presentara cargos — puede afectar la disponibilidad inmediata de la expunción. Esto requiere negociación cuidadosa al momento de la disposición.

Categoría 4 — No-bill del gran jurado bajo el Art. 55A.052

Cuando una persona es arrestada por una felonía y la fiscalía presenta el caso al gran jurado pero este vota "no-bill" (no acusación), la persona puede solicitar la expunción bajo el Art. 55A.052, pero no de inmediato: como no se presentó acusación, el artículo exige que transcurran tres años desde la fecha del arresto tratándose de una felonía. La única vía más rápida es el Art. 55A.052(a)(4), cuando la fiscalía certifica que los registros no se necesitan. El no-bill es la determinación del gran jurado de que la evidencia presentada por la fiscalía no constituye causa probable para acusar formalmente.

El proceso del gran jurado en Texas opera bajo el Capítulo 19 del Código de Procedimiento Criminal. El gran jurado consta de 12 personas (mas algunos suplentes) que sirven por un termino típicamente de tres meses. Bajo el Art. 19.34, nueve votos del gran jurado son necesarios para presentar una acusación (true bill). Cuando no se obtienen nueve votos, el resultado es un no-bill.

La elegibilidad para expunción después de un no-bill es categorica e inmediata. No hay periodo de espera. La petición se presenta en el tribunal de distrito del condado donde ocurrio el arresto. La orden de expunción sigue los procedimientos del Art. 55.02 — petición verificada, audiencia, orden firmada por el juez, notificación a las agencias afectadas.

Una excepción importante: si la fiscalía presenta el caso ante un gran jurado posterior y obtiene una acusación (true bill) por el mismo cargo, la elegibilidad para expunción basada en el no-bill previo se pierde. Por esta razon, el momento de la petición después de un no-bill puede ser estratégico. Esperar a confirmar que la fiscalía no esta reactivando el caso es prudente.

La fiscalía tiene la capacidad de re-presentar un caso ante el gran jurado bajo la regla general — el no-bill no es preclusivo. Sin embargo, en la practica, la fiscalía rara vez re-presenta después de un no-bill sin nueva evidencia significativa. Una vez que la prescripción del cargo ha corrido, la fiscalía pierde la capacidad de re-presentar por completo.

Categoría 5 — Perdon ejecutivo bajo Arts. 55A.003-55A.004 (antes Art. 55.01(a)(1)(B)) y exoneraciones por innocence

Bajo el Arts. 55A.003-55A.004 (antes Art. 55.01(a)(1)(B)), una persona condenada que recibe un perdon ejecutivo del Gobernador de Texas es elegible para expunción. El perdon debe ser un "perdon completo" (full pardon) basado en innocence — no un perdon parcial o un perdon que simplemente restaura derechos civiles sin abordar la culpabilidad.

El Gobernador de Texas tiene autoridad constitucional bajo el Art. IV §11 de la Constitución de Texas para conceder perdones, conmutaciones, y suspensiones. En la practica, el Gobernador actua sobre recomendaciones de la Texas Board of Pardons and Paroles. Los perdones basados en innocence son extraordinariamente raros — típicamente se conceden cuando nueva evidencia (DNA, retraccion de testigo, descubrimiento de identidad verdadera del perpetrador) demuestra que la persona condenada no cometio el crimen.

Los casos de exoneraciones por DNA en Texas en las últimas dos decadas han producido varias expunciones por esta categoría. Texas tiene una historia significativa de exoneraciones — el Innocence Project of Texas y otras organizaciones han representado a personas exoneradas en condados de DFW y a través del estado.

Un perdon basado en innocence también activa la elegibilidad para compensación bajo el Tim Cole Act (Civ. Prac. & Rem. Code §103.001 et seq.), que proporciona compensación monetaria a personas exoneradas que cumplieron tiempo de prisión por crimenes que no cometieron. La compensación es de $80,000 por año de encarcelamiento mas anualidades adicionales. La elegibilidad bajo el Tim Cole Act y la elegibilidad para expunción son determinaciones separadas pero relacionadas.

El proceso de petición para expunción después de un perdon ejecutivo basado en innocence sigue los procedimientos generales del Art. 55.02, pero la documentación debe incluir el certificado del perdon y la determinación del Gobernador o de la Junta de Perdones y Libertad Condicional sobre la base de innocence.

Categoría 6 — Identidad robada bajo Art. 55A.006 (antes Art. 55.01(d)) y arrestos erroneos

El Art. 55A.006 (antes Art. 55.01(d)) del Código de Procedimiento Criminal aborda una situación especifica: cuando los registros criminales de una persona contienen entradas incorrectas porque otra persona uso su identidad. Este puede ocurrir cuando un familiar usa el nombre y la fecha de nacimiento del solicitante al ser arrestado, cuando un ladron de identidad usa documentos robados, o cuando ocurre un error administrativo durante el procesamiento del arresto.

La elegibilidad bajo el Art. 55A.006 (antes Art. 55.01(d)) requiere demostrar al tribunal — típicamente con evidencia de huellas digitales, declaraciones juradas, y registros corroborativos — que las entradas criminales en los registros del solicitante no son del solicitante. La orden de expunción en este contexto destruye las entradas erroneas sin afectar los registros de la persona que efectivamente cometio el delito (si esa persona es identificada).

Esta categoría también cubre casos donde una persona fue arrestada erroneamente — por ejemplo, cuando la policía detiene a alguien por error pensando que es un sospechoso buscado, y luego determina que la persona detenida no es el sospechoso. La orden de expunción en este contexto destruye los registros del arresto erroneo.

La carga probatoria para esta categoría frecuentemente requiere documentación extensa: reportes de robo de identidad presentados a la Federal Trade Commission o a la policía, registros bancarios o de crédito que demuestran la ubicación del solicitante al momento del delito alegado, registros de identificación oficiales emitidos en fechas relevantes, y otra evidencia comprobatoria.

El Art. 55A.151 (antes Art. 55.01(c)) también aborda situaciones donde una persona es arrestada por un cargo basado en una orden de arresto que estaba dirigida a otra persona — el llamado "mistaken identity arrest." La elegibilidad es similar y requiere documentación comprobatoria de la confusión de identidad.

Categoría 7 — Limitaciones y exclusiones del Cap. 55A (antes Art. 55.01)

El Cap. 55A (antes Art. 55.01) contiene exclusiones especificas que limitan la elegibilidad para expunción incluso cuando la persona caeria en una categoría general. Estas exclusiones son criticas — la mayoría de las peticiones de expunción negadas se fundamentan en una de estas limitaciones.

Exclusión por adjudicación diferida exitosa. Una persona que completo exitosamente adjudicación diferida bajo el Art. 42A.101 NO es elegible para expunción bajo el Capítulo 55. El remedio para casos de adjudicación diferida exitosa es la no-divulgación (sealing) bajo el Government Code §411.0725, no la expunción. Esta distinción frecuentemente sorprende a personas que asumen que "completar exitosamente" cualquier disposición debe permitir la destrucción del registro.

Exclusión por condena con probation directa. Una persona condenada que completo exitosamente community supervisión (probation directa, no diferida) bajo el Art. 42A.052 NO es elegible para expunción. La condena formal subsiste después de la completación de la probation directa, y la no-divulgación tampoco esta disponible para condenas directas en la mayoría de los casos (con excepciones limitadas).

Exclusión por convicciones relacionadas. Bajo el Art. 55A.151 (antes Art. 55.01(c)), la elegibilidad para expunción de un cargo desestimado se pierde si la persona fue condenada o recibio adjudicación diferida por otro cargo derivado del mismo episodio criminal. Por ejemplo, si una persona enfrenta tres cargos del mismo incidente y dos cargos se desestiman pero uno resulta en adjudicación diferida, los dos cargos desestimados pueden no ser elegibles para expunción debido a la condena/diferida del tercero.

Exclusión por DWI con BAC > 0.15. Algunos casos especificos de DWI con BAC elevado o circunstancias agravantes tienen restricciones adicionales en el Cap. 55A (antes Art. 55.01) y en las disposiciones relacionadas. La consulta con un abogado familiarizado con la doctrina actual es necesaria.

Exclusión por delitos sexuales que requieren registro. Los cargos que disparan la obligación de registrar como ofensor sexual bajo el Capítulo 62 del Código de Procedimiento Criminal frecuentemente tienen elegibilidad de expunción restringida o eliminada.

Exclusión por uso de identidad ajena al cometer el delito. Bajo el Art. 55A.153 (antes Art. 55.01(a-1)), si la persona uso la identidad de otro al ser arrestada o procesada, la elegibilidad para expunción puede ser limitada o eliminada hasta que se aclare la identidad correcta.

Procedimiento general bajo Art. 55.02

Después de confirmar elegibilidad bajo el Cap. 55A (antes Art. 55.01), el procedimiento sigue varios pasos. Paso 1 — Petición verificada en el tribunal de distrito del condado del arresto. Debe identificar al solicitante, el arresto, las agencias con registros, y la base estatutaria de elegibilidad. Paso 2 — Notificación bajo Art. 55.02 §2(a): el tribunal envia notificación a fiscalía, DPS, y agencias listadas. Paso 3 — Audiencia: tribunal escucha argumentos; en casos no disputados es administrativa. Paso 4 — Orden de expunción bajo Art. 55.02 §4 que dirige a cada agencia a destruir registros. Paso 5 — Notificación a agencias: el clerk envia copias certificadas. Paso 6 — Confirmacion final: el expediente del tribunal mantiene registro de las confirmaciones de destrucción. El proceso completo toma 6 a 12 meses.

L and L Law Group, PLLC tramita peticiones de expunción en los nueve condados del norte de Texas que servimos. La consulta inicial es gratuita y confidencial, en ingles o español. Teléfono: (972) 370-5060. Oficina: 5899 Preston Road, Suite 101, Frisco, TX 75034.

Preguntas frecuentes

Cual es la diferencia entre expunción y no-divulgación en Texas?

La expunción (expunction) bajo el Capítulo 55 del Código de Procedimiento Criminal ordena la destrucción física de todos los registros del arresto — huellas digitales, fotografias, expedientes de la corte, entradas en bases de datos del DPS y del FBI. Después de una expunción exitosa, la persona puede legalmente negar que el arresto ocurrio bajo el Art. 55.03. La no-divulgación (sealing) bajo el Government Code §411.0725 no destruye los registros — simplemente limita quien puede acceder a ellos. Los empleadores privados típicos no veran un registro sellado, pero las agencias gubernamentales, las juntas de licencias enumeradas en §411.0765, y los empleadores en ciertas industrias reguladas si pueden acceder. La expunción es un remedio mas poderoso pero esta limitado a categorías especificas del Cap. 55A (antes Art. 55.01).

Soy elegible para expunción si me declare culpable y completar probation?

Generalmente no. La condena directa con community supervisión (probation directa) bajo el Art. 42A.052 no produce elegibilidad para expunción ni para no-divulgación en la mayoría de los casos. La condena formal subsiste después de la completación exitosa de la probation directa. El remedio post-disposición para casos donde la persona quiere proteger su registro es la adjudicación diferida bajo el Art. 42A.101 — pero esa decisión debe tomarse antes de la disposición, no después. Una vez que la condena directa esta en el registro, las opciones de remedio son limitadas: perdon ejecutivo basado en innocence (raro), demostrar identidad robada (limitado), o esperar plazos extensos para non-disclosure restringida en algunos casos.

Si fui absuelto en juicio, soy automáticamente elegible para expunción?

Si — la absolución en juicio bajo el Art. 55A.002 (antes Art. 55.01(a)(1)(A)) produce elegibilidad categorica e inmediata, sin periodo de espera. La absolución puede ser por veredicto de jurado, veredicto del tribunal en bench trial, o absolución directa del tribunal bajo el Art. 38.17 cuando la evidencia de la fiscalía es insuficiente. Sin embargo, la petición no se presenta automáticamente — el acusado debe presentar la petición verificada en el tribunal de distrito y seguir el procedimiento del Art. 55.02. La mayoría de los acusados absueltos contratan un abogado para tramitar la petición porque la falta de cumplimiento procedimental puede resultar en la negación de la petición.

Como funciona la expunción cuando el caso fue desestimado?

Depende de la base de la desestimación. Si la desestimación fue producto de la completación exitosa de un programa de pretrial diversion aprobado por el tribunal, la elegibilidad bajo el Arts. 55A.052-55A.053 (antes Art. 55.01(a)(2)(A)) es inmediata. Si la desestimación fue sin diversion, la elegibilidad bajo el Art. 55A.053 (antes Art. 55.01(a)(2)(A)(ii)) puede requerir esperar plazos estatutarios: 180 días para Class C, un año para Class A y Class B, tres años para felonías desde la fecha del arresto (si no hubo presentación formal de cargos), o hasta que corra la prescripción completa del cargo. La orden de desestimación debe identificar la base. Una consulta con un abogado para revisar la orden y confirmar la elegibilidad es necesaria antes de presentar la petición.

Que pasa si el gran jurado vota no-bill en mi caso de felonía?

Cuando el gran jurado vota no-bill (no acusación) en un caso de felonía, la persona es elegible para expunción inmediatamente bajo el Art. 55A.054 (antes Art. 55.01(a)(2)(B)), sin periodo de espera. El no-bill significa que el gran jurado determino que la evidencia presentada por la fiscalía no constituye causa probable para acusar formalmente. Sin embargo, la fiscalía mantiene la capacidad de re-presentar el caso ante un gran jurado posterior con nueva evidencia, hasta que corra la prescripción del cargo. Por esta razon, algunas personas esperan a confirmar que la fiscalía no esta reactivando el caso antes de presentar la petición de expunción. Si la fiscalía obtiene una acusación posterior por el mismo cargo, la elegibilidad por el no-bill previo se pierde.

Cuanto tiempo toma el proceso de expunción en el norte de Texas?

El tiempo total desde la presentación de la petición hasta la confirmacion de destrucción de registros típicamente toma de 6 a 12 meses. En los condados de DFW, los plazos especificos varían: la presentación de la petición y el sorteo al juez asignado toma 1-4 semanas. La notificación a las agencias y el periodo de oposición de la fiscalía toma 30-90 días bajo el Art. 55.02. La audiencia se programa típicamente 60-120 días después de la presentación. Si la petición es concedida, la orden de expunción se firma en la audiencia o pocos días después. Después, las agencias listadas tienen periodos para confirmar la destrucción. El Texas DPS típicamente confirma dentro de 60-90 días. El FBI puede tomar 6-12 meses adicionales para procesar la notificación federal. Las bases de datos privadas de antecedentes criminales que obtuvieron copias de los registros antes de la expunción no están obligadas por la orden estatal.

Que sucede con mis registros después de la expunción?

La orden de expunción bajo el Art. 55.02 §4 dirige a cada agencia listada a destruir o devolver los registros. La destrucción física significa: las copias en papel se trituran, los archivos electronicos se borran de las bases de datos, las huellas digitales se devuelven al solicitante o se destruyen, las fotografias se destruyen, y las entradas en los indices criminales se eliminan. Bajo el Art. 55.03, después de la expunción el solicitante puede legalmente decir que el arresto no ocurrio salvo bajo juramento en un procedimiento judicial donde un juez especificamente pregunte. Los empleadores que pregunten "has sido arrestado?" pueden ser legalmente respondidos con "no" respecto al arresto expuncionado. Las divulgaciones no autorizadas por agencias gubernamentales son violaciones del Art. 55.05.

Cuanto cuesta una petición de expunción en Texas?

Los costos varían. Las tarifas de presentación del tribunal en los condados de DFW típicamente van de $250 a $400 dependiendo del condado y el numero de agencias listadas. Las tarifas de copias certificadas para enviar las órdenes a las agencias agregan $50-$150. Las tarifas del DPS para procesar la orden también aplican. Los honorarios del abogado varían según la complejidad del caso, el numero de agencias involucradas, y si la fiscalía se opone. Una petición no contestada por un cargo simple desestimado puede tener honorarios de $1,500-$3,000. Casos complejos con múltiples cargos, agencias múltiples, o oposición de la fiscalía pueden tener honorarios mas altos. La consulta inicial es estándar gratuita en defensa penal de Texas para evaluar la elegibilidad y proporcionar una estimación de costos.

Puedo solicitar expunción yo mismo sin abogado?

Tecnicamente si — el Capítulo 55 del Código de Procedimiento Criminal no requiere representación legal para presentar la petición. Sin embargo, hay riesgos significativos en la auto-representación. La petición debe cumplir con requisitos formales especificos bajo el Art. 55.02 — incluir todas las agencias que poseen registros, identificar correctamente la base estatutaria de elegibilidad bajo el Cap. 55A (antes Art. 55.01), y verificar los hechos bajo juramento. Errores procesales pueden resultar en la negación de la petición sin perjuicio (con derecho a re-presentar) o con perjuicio (sin derecho a re-presentar) — la diferencia es critica. También, identificar correctamente todas las agencias que poseen registros — desde el departamento de policía local hasta el DPS y el FBI — requiere conocimiento del proceso de procesamiento de arrestos. La mayoría de las personas se benefician de la representación por un abogado familiarizado con la practica de expunción en el condado relevante.

Si mi caso fue en otro estado, puedo expuncionarlo en Texas?

No directamente. La expunción bajo el Capítulo 55 del Código de Procedimiento Criminal de Texas se aplica solamente a arrestos que ocurrieron en Texas. Para arrestos en otros estados, la persona debe seguir el procedimiento del estado donde ocurrio el arresto — y cada estado tiene su propio marco con diferentes nombres (expungement, sealing, set-aside, vacatur). Los estados varían significativamente en disponibilidad: algunos estados permiten expunción para muchas convicciones, otros solo para casos desestimados o absueltos. Si la persona tiene arrestos en Texas y arrestos en otros estados, cada uno requiere un procedimiento separado en el estado correspondiente. Para arrestos federales (no estatales) bajo cargo federal, la expunción federal es extraordinariamente limitada — el Tribunal de Distrito Federal generalmente no tiene autoridad para expuncionar registros federales penales salvo en circunstancias muy especificas.

Una expunción en Texas afecta mi registro federal o internacional?

La orden de expunción estatal de Texas ordena a las agencias estatales y locales destruir los registros. La orden también se envia al FBI para procesar la destrucción correspondiente en el National Crime Information Center (NCIC) y otras bases de datos federales. Sin embargo, hay limitaciones. La administración de inmigración federal (USCIS, ICE) puede haber obtenido copias de los registros antes de la expunción — particularmente si la persona tuvo procedimientos de inmigración paralelos. Para no ciudadanos, una expunción estatal no elimina el registro para propósitos federales de inmigración bajo INA §101(a)(48)(A) — la "condena para propósitos de inmigración" puede continuar incluso después de la expunción estatal. Los antecedentes para propósitos de viajes internacionales (visas de otros paises, ingreso a otros paises) pueden continuar siendo accesibles a través de canales diplomaticos. La consulta con un abogado de inmigración paralela a la expunción es prudente para no ciudadanos.

Como me ayuda L and L Law Group con la petición de expunción?

L and L Law Group, PLLC tramita peticiones de expunción en los nueve condados del norte de Texas que servimos: Collin, Dallas, Denton, Tarrant, Rockwall, Kaufman, Ellis, Johnson y Hunt. Los socios cofundadores Reggie London (Bar #24043514) y Njeri London (Bar #24043266) — abogados licenciados en Texas desde 2005 y 2006 respectivamente — manejan la petición personalmente. El proceso incluye: evaluación inicial de elegibilidad bajo el Cap. 55A (antes Art. 55.01), identificación de todas las agencias que poseen registros, preparación y verificación de la petición, presentación ante el tribunal correcto, seguimiento del periodo de notificación y oposición, comparecencia en la audiencia, obtención y distribución de la orden de expunción a todas las agencias, y seguimiento hasta la confirmacion de destrucción. La consulta inicial es gratuita y confidencial, en ingles o español. Teléfono: (972) 370-5060. Oficina: 5899 Preston Road, Suite 101, Frisco, TX 75034.

Hable con un abogado de verdad

Envíe unos datos y un abogado defensor le responderá en menos de una hora, de día o de noche. Sin centro de llamadas. Sin filtro de paralegal.

Al enviar, usted acepta nuestra Política de privacidad. No se forma una relación abogado-cliente hasta que se firme un contrato de representación por escrito.

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