Que es la expuncion bajo el Capitulo 55 del Codigo de Procedimiento Criminal
La expuncion (expunction) es un procedimiento civil ante un tribunal de distrito que ordena la destruccion fisica de todos los registros relacionados con un arresto. El termino tecnico en Texas es "expunction" — distinto de "expungement" usado en otros estados, aunque el concepto es similar. El Capitulo 55 del Codigo de Procedimiento Criminal — articulos 55.01 a 55.06 — establece quien califica, como presentar la peticion, y los efectos de la orden.
El Art. 55.01 enumera las categorias especificas de elegibilidad. El Art. 55.02 establece el procedimiento para presentar la peticion. El Art. 55.03 describe los efectos de la orden de expuncion. El Art. 55.04 trata sobre la destruccion de los registros. El Art. 55.05 cubre las consecuencias de la divulgacion no autorizada. El Art. 55.06 establece las reglas para casos no elegibles donde aun asi puede ordenarse la destruccion limitada de registros.
Despues de una expuncion exitosa, la persona puede legalmente negar que el arresto ocurrio en formularios de empleo, formularios de licencias profesionales, formularios de admision a universidades, y en cualquier otra circunstancia salvo bajo juramento en un procedimiento judicial donde un juez especificamente pregunte. Bajo el Art. 55.03(2), la persona puede legalmente decir que el arresto no ocurrio cuando se le pregunta directamente, lo cual es un remedio extraordinariamente protector.
La distincion fundamental con la no-divulgacion (sealing) bajo el Government Code §411.0725 es importante. La no-divulgacion no destruye los registros — simplemente limita quien puede acceder a ellos. La expuncion destruye fisicamente los registros y, en la mayoria de las bases de datos, los hace inexistentes. La expuncion es un remedio mucho mas poderoso, pero esta limitado a categorias especificas de elegibilidad bajo el Art. 55.01. Cuando la expuncion no esta disponible, la no-divulgacion puede ser el siguiente mejor remedio.
La expuncion es el remedio post-disposicion mas poderoso disponible en el sistema penal de Texas. Cuando una corte concede una orden de expuncion bajo el Capitulo 55 del Codigo de Procedimiento Criminal, todas las agencias estatales — la policia local, el sheriff del condado, el fiscal, el tribunal, el Texas Department of Public Safety (DPS), y el Federal Bureau of Investigation (FBI) cuando se notifica — deben fisicamente destruir o devolver los registros del arresto, la acusacion, y el procedimiento. Esto incluye huellas digitales, fotografias, expedientes de la corte, y entradas en las bases de datos de antecedentes criminales. Despues de una expuncion exitosa, el solicitante puede negar legalmente que el arresto ocurrio, salvo en un procedimiento judicial donde un juez especificamente pregunte sobre el registro expuncionado bajo el Art. 55.03.
Pero la expuncion no esta disponible para todos los casos. El Art. 55.01 del Codigo de Procedimiento Criminal establece categorias especificas de elegibilidad — y los hechos del caso, la disposicion final, y los plazos estatutarios determinan si una persona califica. Esta pagina explica las categorias de elegibilidad bajo el Capitulo 55 en detalle: la absolucion en juicio, la desestimacion despues de pretrial diversion, el no-bill del gran jurado, el perdon ejecutivo, la identidad robada, y las arrestos sin presentacion de cargos. L and L Law Group, PLLC tramita peticiones de expuncion en los nueve condados del norte de Texas que servimos.
Categoria 1 — Absolucion en juicio bajo Art. 55.01(a)(1)(A)
La primera categoria de elegibilidad bajo el Art. 55.01(a)(1)(A) cubre los casos donde el acusado fue absuelto en juicio. La absolucion puede ocurrir por veredicto del jurado, por veredicto del tribunal en un juicio sin jurado (bench trial), o por absolucion directa del tribunal bajo el Art. 38.17 cuando la evidencia de la fiscalia es insuficiente como cuestion de derecho.
La elegibilidad por absolucion es categorica e inmediata — no hay periodo de espera estatutario. Una vez que el veredicto de no culpabilidad es firme y la fiscalia no apela (o agota sus apelaciones), el acusado puede presentar la peticion de expuncion inmediatamente. La peticion se presenta en el tribunal de distrito del condado donde ocurrio el arresto.
Hay dos limitaciones importantes para tener en mente. Primera, la absolucion en un cargo no extiende la elegibilidad para expuncionar los registros de otros cargos relacionados que no resultaron en absolucion. Si el acusado fue absuelto del cargo principal pero declaro culpable o no contest a un cargo menor relacionado, solamente el cargo absuelto califica para expuncion. La fiscalia frecuentemente estructura las disposiciones precisamente para limitar la disponibilidad de la expuncion futura.
Segunda, la absolucion seguida de un nuevo juicio por el mismo cargo presenta complicaciones. Si la corte de apelaciones revierte la absolucion y autoriza un nuevo juicio (lo cual es raro bajo la doctrina de double jeopardy de la Quinta Enmienda y el Art. I §14 de la Constitucion de Texas), la elegibilidad para expuncion puede estar en disputa hasta que el caso este completamente resuelto.
La declaracion de inocencia formal — distinta de la simple absolucion — bajo el Art. 11.073 del Codigo de Procedimiento Criminal por nueva evidencia cientifica tambien es base de elegibilidad bajo el Art. 55.01(a)(1)(A). Los casos en los que el tribunal concede un habeas corpus basado en innocence claims producen elegibilidad inmediata para expuncion. La Texas Court of Criminal Appeals ha conocido varios casos prominentes de exoneraciones por DNA en los ultimos anos, varios de los cuales originaron en condados de DFW.
Categoria 2 — Desestimacion despues de pretrial diversion bajo Art. 55.01(a)(2)(A)
La segunda categoria de mayor uso practico es la desestimacion despues de la completacion exitosa de un programa de pretrial diversion. Bajo el Art. 55.01(a)(2)(A), cuando la fiscalia desestima el caso porque el acusado completo un programa de diversion aprobado por el tribunal, el acusado es elegible para expuncion.
El pretrial diversion es un programa pre-procesamiento. A diferencia de la adjudicacion diferida (que es post-declaracion y produce no-divulgacion, no expuncion), la diversion ocurre antes de que el caso avance formalmente por el proceso penal. El acusado firma un acuerdo con la fiscalia para cumplir condiciones supervisadas — servicio comunitario, cursos educativos, evaluacion y tratamiento de sustancias controladas, pago de costos administrativos, supervision con visitas regulares — durante un periodo que tipicamente va de 6 a 24 meses dependiendo de la naturaleza del cargo y del programa.
Cuando el acusado completa todas las condiciones, la fiscalia presenta una mocion para desestimar el caso bajo el Art. 32.02 del Codigo de Procedimiento Criminal. La orden de desestimacion debe identificar la completacion del programa de diversion como la base de la desestimacion. Una vez que la orden de desestimacion es firme, el acusado puede presentar la peticion de expuncion.
No todos los condados del norte de Texas ofrecen programas de pretrial diversion para todos los cargos. En el Condado de Collin, la fiscalia bajo el DA Greg Willis tiene programas establecidos para misdemeanors de primer cargo, drogas de bajo nivel para acusados primerizos, y algunos cargos de fraude. En el Condado de Dallas, la oficina del DA Faith Johnson (y subsecuentes administraciones) ha mantenido y expandido los programas de diversion. En el Condado de Tarrant y el Condado de Denton, los programas tienen criterios de admision similares.
La elegibilidad para diversion tipicamente requiere historial limpio, cargo no violento, y participacion cooperativa del acusado. Los cargos con determinacion de violencia familiar bajo el Art. 42.013 frecuentemente estan excluidos. Los cargos de DWI estan excluidos en la mayoria de los condados porque el Penal Code §49.04 et seq. tiene su propio marco de disposicion. Las felonias serias rara vez son elegibles.
Categoria 3 — Desestimacion sin diversion bajo Art. 55.01(a)(2)(A)(ii) y plazos de espera
Cuando la desestimacion no es producto de un programa de diversion, la elegibilidad para expuncion bajo el Art. 55.01(a)(2)(A)(ii) opera bajo plazos de espera estatutarios. Los plazos dependen del nivel del cargo original y de si la prescripcion (statute of limitations) ha corrido.
Bajo el Art. 55.01(a)(2)(A)(ii)(a), una persona es elegible para expuncion si la prescripcion del cargo ha vencido y la persona no ha sido procesada. Los plazos de prescripcion bajo el Art. 12.01 del Codigo de Procedimiento Criminal varian: dos anos para la mayoria de los misdemeanors, tres anos para felonias no enumeradas, cinco anos para felonias enumeradas como robo con allanamiento, siete anos para felonias de hurto, diez anos para felonias contra menores, y sin prescripcion para algunos cargos serios como homicidio capital, asalto sexual con uso de DNA, y continuous sexual abuse of a child bajo §21.02.
Bajo el Art. 55.01(a)(2)(A)(ii)(c), una persona arrestada que nunca fue formalmente acusada (sin presentacion de cargos en la corte) es elegible para expuncion despues de los siguientes plazos de espera desde la fecha del arresto: 180 dias para Class C, un ano para Class A y Class B, y tres anos para felonias. Estos plazos son criticos para casos donde el acusado fue arrestado, procesado, y luego liberado sin que la fiscalia presentara cargos formales.
Para felonias donde la fiscalia presento la acusacion y luego desestimo el caso sin diversion, la elegibilidad puede requerir esperar hasta que la prescripcion completa haya corrido — un periodo significativo dependiendo de la naturaleza del cargo. La regla protege a la fiscalia contra la destruccion prematura de registros que podrian ser necesarios si el caso se reabre con nueva evidencia.
La desestimacion expresa con "intencion de no reactivacion" — donde el fiscal incluye lenguaje en la orden de desestimacion indicando que no re-presentara cargos — puede afectar la disponibilidad inmediata de la expuncion. Esto requiere negociacion cuidadosa al momento de la disposicion.
Categoría 4 — No-bill del gran jurado bajo el Art. 55A.052
Cuando una persona es arrestada por una felonia y la fiscalia presenta el caso al gran jurado pero este vota "no-bill" (no acusacion), la persona puede solicitar la expunción bajo el Art. 55A.052, pero no de inmediato: como no se presentó acusación, el artículo exige que transcurran tres años desde la fecha del arresto tratándose de una felonía. La única vía más rápida es el Art. 55A.052(a)(4), cuando la fiscalía certifica que los registros no se necesitan. El no-bill es la determinacion del gran jurado de que la evidencia presentada por la fiscalia no constituye causa probable para acusar formalmente.
El proceso del gran jurado en Texas opera bajo el Capitulo 19 del Codigo de Procedimiento Criminal. El gran jurado consta de 12 personas (mas algunos suplentes) que sirven por un termino tipicamente de tres meses. Bajo el Art. 19.34, nueve votos del gran jurado son necesarios para presentar una acusacion (true bill). Cuando no se obtienen nueve votos, el resultado es un no-bill.
La elegibilidad para expuncion despues de un no-bill es categorica e inmediata. No hay periodo de espera. La peticion se presenta en el tribunal de distrito del condado donde ocurrio el arresto. La orden de expuncion sigue los procedimientos del Art. 55.02 — peticion verificada, audiencia, orden firmada por el juez, notificacion a las agencias afectadas.
Una excepcion importante: si la fiscalia presenta el caso ante un gran jurado posterior y obtiene una acusacion (true bill) por el mismo cargo, la elegibilidad para expuncion basada en el no-bill previo se pierde. Por esta razon, el momento de la peticion despues de un no-bill puede ser estrategico. Esperar a confirmar que la fiscalia no esta reactivando el caso es prudente.
La fiscalia tiene la capacidad de re-presentar un caso ante el gran jurado bajo la regla general — el no-bill no es preclusivo. Sin embargo, en la practica, la fiscalia rara vez re-presenta despues de un no-bill sin nueva evidencia significativa. Una vez que la prescripcion del cargo ha corrido, la fiscalia pierde la capacidad de re-presentar por completo.
Categoria 5 — Perdon ejecutivo bajo Art. 55.01(a)(1)(B) y exoneraciones por innocence
Bajo el Art. 55.01(a)(1)(B), una persona condenada que recibe un perdon ejecutivo del Gobernador de Texas es elegible para expuncion. El perdon debe ser un "perdon completo" (full pardon) basado en innocence — no un perdon parcial o un perdon que simplemente restaura derechos civiles sin abordar la culpabilidad.
El Gobernador de Texas tiene autoridad constitucional bajo el Art. IV §11 de la Constitucion de Texas para conceder perdones, conmutaciones, y suspensiones. En la practica, el Gobernador actua sobre recomendaciones de la Texas Board of Pardons and Paroles. Los perdones basados en innocence son extraordinariamente raros — tipicamente se conceden cuando nueva evidencia (DNA, retraccion de testigo, descubrimiento de identidad verdadera del perpetrador) demuestra que la persona condenada no cometio el crimen.
Los casos de exoneraciones por DNA en Texas en las ultimas dos decadas han producido varias expunciones por esta categoria. Texas tiene una historia significativa de exoneraciones — el Innocence Project of Texas y otras organizaciones han representado a personas exoneradas en condados de DFW y a traves del estado.
Un perdon basado en innocence tambien activa la elegibilidad para compensacion bajo el Tim Cole Act (Civ. Prac. & Rem. Code §103.001 et seq.), que proporciona compensacion monetaria a personas exoneradas que cumplieron tiempo de prision por crimenes que no cometieron. La compensacion es de $80,000 por ano de encarcelamiento mas anualidades adicionales. La elegibilidad bajo el Tim Cole Act y la elegibilidad para expuncion son determinaciones separadas pero relacionadas.
El proceso de peticion para expuncion despues de un perdon ejecutivo basado en innocence sigue los procedimientos generales del Art. 55.02, pero la documentacion debe incluir el certificado del perdon y la determinacion del Gobernador o de la Junta de Perdones y Libertad Condicional sobre la base de innocence.
Categoria 6 — Identidad robada bajo Art. 55.01(d) y arrestos erroneos
El Art. 55.01(d) del Codigo de Procedimiento Criminal aborda una situacion especifica: cuando los registros criminales de una persona contienen entradas incorrectas porque otra persona uso su identidad. Este puede ocurrir cuando un familiar usa el nombre y la fecha de nacimiento del solicitante al ser arrestado, cuando un ladron de identidad usa documentos robados, o cuando ocurre un error administrativo durante el procesamiento del arresto.
La elegibilidad bajo el Art. 55.01(d) requiere demostrar al tribunal — tipicamente con evidencia de huellas digitales, declaraciones juradas, y registros corroborativos — que las entradas criminales en los registros del solicitante no son del solicitante. La orden de expuncion en este contexto destruye las entradas erroneas sin afectar los registros de la persona que efectivamente cometio el delito (si esa persona es identificada).
Esta categoria tambien cubre casos donde una persona fue arrestada erroneamente — por ejemplo, cuando la policia detiene a alguien por error pensando que es un sospechoso buscado, y luego determina que la persona detenida no es el sospechoso. La orden de expuncion en este contexto destruye los registros del arresto erroneo.
La carga probatoria para esta categoria frecuentemente requiere documentacion extensa: reportes de robo de identidad presentados a la Federal Trade Commission o a la policia, registros bancarios o de credito que demuestran la ubicacion del solicitante al momento del delito alegado, registros de identificacion oficiales emitidos en fechas relevantes, y otra evidencia comprobatoria.
El Art. 55.01(c) tambien aborda situaciones donde una persona es arrestada por un cargo basado en una orden de arresto que estaba dirigida a otra persona — el llamado "mistaken identity arrest." La elegibilidad es similar y requiere documentacion comprobatoria de la confusion de identidad.
Categoria 7 — Limitaciones y exclusiones del Art. 55.01
El Art. 55.01 contiene exclusiones especificas que limitan la elegibilidad para expuncion incluso cuando la persona caeria en una categoria general. Estas exclusiones son criticas — la mayoria de las peticiones de expuncion negadas se fundamentan en una de estas limitaciones.
Exclusion por adjudicacion diferida exitosa. Una persona que completo exitosamente adjudicacion diferida bajo el Art. 42A.101 NO es elegible para expuncion bajo el Capitulo 55. El remedio para casos de adjudicacion diferida exitosa es la no-divulgacion (sealing) bajo el Government Code §411.0725, no la expuncion. Esta distincion frecuentemente sorprende a personas que asumen que "completar exitosamente" cualquier disposicion debe permitir la destruccion del registro.
Exclusion por condena con probation directa. Una persona condenada que completo exitosamente community supervision (probation directa, no diferida) bajo el Art. 42A.052 NO es elegible para expuncion. La condena formal subsiste despues de la completacion de la probation directa, y la no-divulgacion tampoco esta disponible para condenas directas en la mayoria de los casos (con excepciones limitadas).
Exclusion por convicciones relacionadas. Bajo el Art. 55.01(c), la elegibilidad para expuncion de un cargo desestimado se pierde si la persona fue condenada o recibio adjudicacion diferida por otro cargo derivado del mismo episodio criminal. Por ejemplo, si una persona enfrenta tres cargos del mismo incidente y dos cargos se desestiman pero uno resulta en adjudicacion diferida, los dos cargos desestimados pueden no ser elegibles para expuncion debido a la condena/diferida del tercero.
Exclusion por DWI con BAC > 0.15. Algunos casos especificos de DWI con BAC elevado o circunstancias agravantes tienen restricciones adicionales en el Art. 55.01 y en las disposiciones relacionadas. La consulta con un abogado familiarizado con la doctrina actual es necesaria.
Exclusion por delitos sexuales que requieren registro. Los cargos que disparan la obligacion de registrar como ofensor sexual bajo el Capitulo 62 del Codigo de Procedimiento Criminal frecuentemente tienen elegibilidad de expuncion restringida o eliminada.
Exclusion por uso de identidad ajena al cometer el delito. Bajo el Art. 55.01(a-1), si la persona uso la identidad de otro al ser arrestada o procesada, la elegibilidad para expuncion puede ser limitada o eliminada hasta que se aclare la identidad correcta.
Procedimiento general bajo Art. 55.02
Despues de confirmar elegibilidad bajo el Art. 55.01, el procedimiento sigue varios pasos. Paso 1 — Peticion verificada en el tribunal de distrito del condado del arresto. Debe identificar al solicitante, el arresto, las agencias con registros, y la base estatutaria de elegibilidad. Paso 2 — Notificacion bajo Art. 55.02 §2(a): el tribunal envia notificacion a fiscalia, DPS, y agencias listadas. Paso 3 — Audiencia: tribunal escucha argumentos; en casos no disputados es administrativa. Paso 4 — Orden de expuncion bajo Art. 55.02 §4 que dirige a cada agencia a destruir registros. Paso 5 — Notificacion a agencias: el clerk envia copias certificadas. Paso 6 — Confirmacion final: el expediente del tribunal mantiene registro de las confirmaciones de destruccion. El proceso completo toma 6 a 12 meses.
L and L Law Group, PLLC tramita peticiones de expuncion en los nueve condados del norte de Texas que servimos. La consulta inicial es gratuita y confidencial, en ingles o espanol. Telefono: (972) 370-5060. Oficina: 5899 Preston Road, Suite 101, Frisco, TX 75034.
