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Expuncion Texas

Proceso de Peticion de Expuncion y No-Divulgacion — Texas paso a paso

El proceso de peticion para expuncion bajo el Capitulo 55 del Codigo de Procedimiento Criminal y no-divulgacion bajo el Government Code §411.0725 requiere identificacion del tribunal correcto, redaccion meticulosa, notificacion completa a agencias, y manejo cuidadoso del periodo de objeciones, en los nueve condados del norte de Texas que servimos. Los socios cofundadores de L and L Law Group, PLLC manejan el proceso de peticion personalmente, desde la verificacion inicial de elegibilidad hasta la confirmacion del remedio efectivo en todas las agencias afectadas.

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Editorial note. This article is general legal information published by L and L Law Group, PLLC, a Texas Bar–licensed law firm. It is not legal advice for any specific case. No attorney-client relationship arises until a written engagement is signed. Reviewed by Njeri London (TX Bar 24043266) and Reggie London (TX Bar 24043514) on 2026-05-18.

Paso 1 — Identificar el tribunal correcto para presentar

La identificacion del tribunal correcto es el primer paso critico. Errores en este paso pueden resultar en negaciones procesales que requieren re-presentar la peticion en el tribunal correcto.

Para peticiones de expuncion bajo Art. 55.02. La peticion se presenta en el tribunal de distrito del condado donde ocurrio el arresto. Cuando el arresto cubre multiples condados (persecucion de vehiculo a traves de fronteras del condado, por ejemplo), la peticion debe presentarse en cada condado afectado. El Art. 55.02 §1(a) establece que la peticion es presentada ante "the court that tried the petitioner, if convicted, or before the district court for the county in which the arrest occurred."

Para casos donde la persona fue arrestada pero nunca formalmente acusada en un tribunal — caso tipico de arresto sin cargos formales — la peticion se presenta en cualquier tribunal de distrito del condado del arresto. La eleccion entre multiples tribunales de distrito del mismo condado puede ser estrategica: algunos jueces tienen reputacion de mayor receptividad a peticiones de expuncion no contestadas, mientras otros requieren documentacion mas extensa.

Para peticiones de no-divulgacion bajo §411.0725. El estatuto requiere presentar la peticion en el tribunal que entro la orden original de desestimacion bajo Art. 42A.111 — el tribunal que conocio la adjudicacion diferida exitosa. Esto puede ser un County Court at Law (para misdemeanors) o un District Court (para felonias). Es importante identificar el numero de causa especifico del caso original para asignacion correcta.

Cuando hay multiples cargos relacionados. Si el caso original involucro multiples cargos del mismo episodio criminal, la peticion debe identificar cada cargo. En algunos casos, multiples cargos del mismo episodio pueden incluirse en una sola peticion si todos son elegibles bajo la misma base estatutaria. En otros casos, peticiones separadas pueden ser requeridas — particularmente si los cargos tuvieron disposiciones diferentes.

La verificacion del numero de causa, el tribunal que entro la disposicion final, y la fecha exacta de la orden de disposicion es esencial. Esta informacion esta disponible mediante busqueda del expediente del tribunal del condado, frecuentemente accesible en linea mediante el sistema de gestion de casos del condado.

Despues de confirmar elegibilidad para expuncion bajo el Capitulo 55 del Codigo de Procedimiento Criminal o no-divulgacion bajo el Government Code §411.0725, el siguiente paso es preparar y presentar la peticion formal ante el tribunal correcto. El proceso no es complicado en concepto, pero requiere atencion meticulosa al detalle — errores en la identificacion del tribunal correcto, en la lista de agencias que poseen registros, o en la verificacion de la peticion pueden resultar en negaciones que requieren re-presentacion o, en casos graves, eliminan permanentemente la elegibilidad.

Esta pagina explica el proceso de peticion paso a paso, aplicable tanto a peticiones de expuncion bajo Art. 55.02 como a peticiones de no-divulgacion bajo §411.0725(d). Aunque los procedimientos especificos difieren ligeramente entre los dos remedios, los principios fundamentales son similares: identificacion del tribunal correcto, redaccion cuidadosa de la peticion, notificacion completa a agencias, manejo del periodo de objeciones, conducta en la audiencia, y distribucion de la orden final. L and L Law Group, PLLC tramita peticiones de expuncion y no-divulgacion en los nueve condados del norte de Texas que servimos.

Paso 2 — Identificar todas las agencias con registros del caso

Una de las causas mas comunes de fallas en peticiones es la identificacion incompleta de las agencias que poseen registros del caso. La peticion bajo Art. 55.02 debe listar todas las agencias afectadas para que la orden de expuncion sea efectiva contra ellas.

Agencia de arresto. El departamento de policia local, sheriff del condado, DPS Highway Patrol, o agencia federal que realizo el arresto. La agencia de arresto mantiene reportes del incidente, huellas digitales, fotografias, y evidencia recopilada. Para arrestos en ciudades incorporadas del norte de Texas — Plano, Frisco, McKinney, Allen, Wylie, Prosper en el Condado de Collin; Dallas, Irving, Garland, Mesquite, Richardson, Carrollton en el Condado de Dallas; Denton, Lewisville, Flower Mound, The Colony, Coppell en el Condado de Denton; Fort Worth, Arlington, Mansfield, Grand Prairie, North Richland Hills en el Condado de Tarrant — la agencia de arresto es la policia municipal correspondiente. Para arrestos en areas no incorporadas, es el sheriff del condado.

Agencia de procesamiento (booking). Si el arresto inicial fue por una agencia local pero el procesamiento subsecuente ocurrio en el centro de detencion del condado (Collin County Detention Facility, Dallas County Jail, Denton County Jail, Tarrant County Jail), ambas agencias tienen registros separados.

Texas Department of Public Safety (DPS). El DPS mantiene el repositorio centralizado de historial criminal del estado en el Texas Crime Information Center (TCIC). El reporte del DPS sobre el historial criminal del solicitante mostrara que registros tiene el DPS sobre el caso.

Federal Bureau of Investigation (FBI). El FBI mantiene el National Crime Information Center (NCIC) y otras bases de datos federales. El DPS reporta arrestos al FBI; por lo tanto, el FBI tipicamente tiene registros paralelos del DPS. El reporte del FBI mediante el formulario IdHSC muestra registros federales.

Oficina del District Attorney. La oficina del fiscal del condado que proceso el caso mantiene su propio expediente — incluyendo notas de investigacion, comunicaciones internas, ofertas de declaracion, y otra documentacion del proceso del caso.

Clerk del tribunal. El clerk del tribunal mantiene el expediente publico del caso, incluyendo la acusacion, mociones, ordenes, y disposicion final. Bajo la orden de expuncion, el clerk debe destruir o sellar estos registros.

Centros de pretrial services. En condados con programas de pretrial services activos (Collin County Pretrial Services, Dallas County Pretrial Services), estos centros mantienen registros de la entrevista de fianza inicial, supervision pretrial, y evaluaciones.

Otras agencias relevantes. Dependiendo de la naturaleza del caso: Texas Alcoholic Beverage Commission (cargos de alcohol), Texas Parks and Wildlife (cargos de pesca/caza), DPS Driver License Division (cargos relacionados con manejo). La investigacion completa de todas las agencias potencialmente afectadas requiere experiencia practica.

L and L Law Group conduce investigacion completa de agencias afectadas como parte estandar del proceso de preparacion de peticion.

Paso 3 — Redactar la peticion verificada con elementos requeridos

La peticion debe cumplir con requisitos formales especificos. Errores en la redaccion pueden resultar en rechazo inicial por el clerk, peticion no servida apropiadamente, u oposicion de la fiscalia.

Para expuncion bajo Art. 55.02 §1(b). La peticion debe incluir: (1) nombre completo del solicitante, incluyendo cualquier nombre usado en el arresto si diferente; (2) fecha de nacimiento, sexo, raza, y direccion del solicitante; (3) numero de seguro social del solicitante o licencia de manejo (o ambos); (4) fecha del arresto, ofensa cargada, condado del arresto, y nombre de la agencia de arresto; (5) fecha de la disposicion (absolucion, desestimacion, no-bill), descripcion de la disposicion, y nombre del tribunal donde ocurrio; (6) lista de todas las agencias y entidades que poseen o pueden poseer registros del arresto; (7) base estatutaria de elegibilidad bajo Art. 55.01.

Para no-divulgacion bajo §411.0725(d). La peticion debe incluir informacion similar pero adaptada a la base de elegibilidad: (1) informacion identificadora del solicitante; (2) numero de causa del caso original; (3) fecha y condicion de la adjudicacion diferida y subsecuente desestimacion bajo Art. 42A.111; (4) confirmacion de cumplimiento del periodo de espera aplicable; (5) confirmacion de ausencia de nuevas condenas durante el periodo de espera; (6) argumentos sobre por que la no-divulgacion esta en el "interest of justice" bajo §411.0725(b).

Verificacion bajo juramento. Bajo el Art. 55.02 §1 y procedimientos similares para no-divulgacion, la peticion debe ser verificada — firmada bajo juramento por el solicitante con declaracion de que la informacion es verdadera al mejor conocimiento del solicitante. La verificacion tipicamente ocurre ante un notario publico o un oficial autorizado del tribunal.

Documentos adjuntos. Aunque no siempre estatutariamente requeridos, los documentos comprobatorios fortalecen la peticion: copias certificadas de la orden de disposicion (absolucion, desestimacion, no-bill, orden de desestimacion bajo Art. 42A.111), reportes del DPS y FBI sobre historial criminal mostrando el caso, y para peticiones de no-divulgacion, documentacion de rehabilitacion (cartas de empleadores, certificados de educacion, evidencia de servicio comunitario).

Errores comunes en la redaccion. Identificar incorrectamente la base estatutaria de elegibilidad. Olvidar listar agencias relevantes que tienen registros. No verificar la peticion apropiadamente. Errores en numeros de causa, fechas, o nombres. No incluir documentos comprobatorios. La consulta con un abogado familiarizado con la practica reduce sustancialmente estos errores.

Paso 4 — Pago de tarifas y presentacion al clerk

Las tarifas para presentar peticion varian por condado y por tipo de peticion.

Para expuncion bajo Capitulo 55. Las tarifas tipicas en los condados de DFW son $250-$400 incluyendo: tarifa de presentacion estandar del tribunal de distrito ($200-$300 dependiendo del condado), tarifa adicional para procesamiento de agencias ($25-$50), y costos por copia certificada para distribuir la orden a las agencias listadas. La tarifa principal se paga al momento de la presentacion en el clerk; tarifas adicionales por copia se pagan cuando se obtienen las copias certificadas de la orden final.

Para no-divulgacion bajo §411.0725. La tarifa estatutaria es $28 mas las tarifas locales del condado. El total tipico es $250-$350. La tarifa es significativamente menor que la peticion de expuncion porque el procesamiento es menos extenso — el sealing afecta principalmente las bases de datos del DPS y entidades enumeradas, mientras la expuncion requiere destruccion fisica de multiples copias en multiples agencias.

Exenciones de tarifa. Para personas indigentes, una declaracion de pauperis bajo la regla 145 de las Reglas de Procedimiento Civil de Texas puede exentar las tarifas. La declaracion debe establecer la inhabilidad financiera para pagar las tarifas — incluyendo declaracion de ingresos, gastos, bienes, y deudas. El tribunal puede aprobar la exencion total o parcial.

Proceso de presentacion. La peticion se presenta fisicamente al clerk del tribunal correcto o, en muchos condados de DFW, electronicamente mediante el sistema eFile Texas. La presentacion electronica esta disponible en los tribunales de distrito de Collin, Dallas, Denton, y Tarrant, entre otros. La presentacion electronica tipicamente es procesada el mismo dia o el dia siguiente; la presentacion fisica puede tomar varios dias adicionales para procesamiento.

Asignacion al juez. Despues de la presentacion, el caso es asignado al juez del tribunal mediante sorteo estandar del condado. En condados con multiples tribunales de distrito (Collin tiene varios, Dallas tiene multiples, Tarrant tiene multiples), la asignacion al juez especifico es por sorteo y no por eleccion del solicitante. El nombre del juez asignado aparece en el sistema del clerk dentro de pocos dias de la presentacion.

Paso 5 — Servicio a la fiscalia y agencias

Despues de la presentacion, las agencias listadas en la peticion deben ser notificadas oficialmente. El proceso difiere ligeramente entre expuncion y no-divulgacion.

Para expuncion bajo Art. 55.02 §2(a). El tribunal envia notificacion de la peticion por correo certificado a cada agencia listada y al fiscal del condado. La notificacion debe incluir copia de la peticion. Las agencias y la fiscalia tienen oportunidad de presentar objeciones o de comparecer a la audiencia. En la practica, la mayoria de las agencias no comparecen a audiencias rutinarias — tipicamente solo la fiscalia comparece, y solo cuando objeta la elegibilidad.

Para no-divulgacion bajo §411.0725(d). El tribunal envia notificacion a la fiscalia del condado que proceso el caso original. La fiscalia tiene 45 dias bajo §411.0725(d) para presentar objeciones. El periodo de 45 dias es estatutorio y critico — el tribunal generalmente no puede emitir orden de no-divulgacion antes de que termine el periodo de objeciones.

Manejo de objeciones de la fiscalia. Cuando la fiscalia objeta una peticion de expuncion, tipicamente cita una de las exclusiones del Art. 55.01(c) — convicciones relacionadas del mismo episodio criminal — o cuestiona la base de elegibilidad. Cuando la fiscalia objeta una peticion de no-divulgacion, tipicamente cita el "interest of justice" estandar — argumentando que la naturaleza del cargo, la fuerza del caso, o el historial criminal del solicitante hace que el sealing no este en el interes de justicia.

Respuesta a objeciones. El solicitante puede presentar respuesta escrita a la objecion antes de la audiencia, citando autoridades estatutarias y jurisprudenciales relevantes. La respuesta debe abordar especificamente cada objecion planteada por la fiscalia. En casos donde la fiscalia plantea objeciones legitimas, las negociaciones pre-audiencia pueden resolver disputas sin requerir audiencia contestada.

Tiempos del periodo de servicio. El periodo de servicio y objeciones tipicamente toma 30-60 dias para expuncion (depende del condado) y 45 dias minimo para no-divulgacion (estatutario). Durante este periodo, el caso espera la audiencia. Si la fiscalia y todas las agencias indican no oposicion antes del fin del periodo, la audiencia puede programarse antes — pero esto es excepcional.

Paso 6 — Conducta en la audiencia

La audiencia es la culminacion del proceso. Para peticiones no contestadas, la audiencia es frecuentemente administrativa — el juez firma la orden con minima discusion oral. Para peticiones contestadas, la audiencia puede requerir testimonio, argumentos legales, y presentacion de evidencia.

Programacion de la audiencia. Despues del fin del periodo de servicio y objeciones, el solicitante o su abogado contacta al clerk para programar la audiencia. La programacion tipica esta 30-60 dias despues del fin del periodo de servicio. La audiencia ocurre durante el "docket" regular del juez, no como audiencia individual programada especificamente para el caso.

Preparacion para la audiencia. Aunque las audiencias no contestadas son rapidas, la preparacion es importante. El abogado debe tener: (1) copia de la peticion verificada, (2) copia de la orden de disposicion original (absolucion, desestimacion, etc.), (3) documentacion comprobatoria, (4) borrador de la orden de expuncion o no-divulgacion lista para firma del juez, y (5) lista actualizada de agencias afectadas.

Conducta para peticion no contestada. El abogado presenta brevemente la peticion al juez, identifica la base estatutaria de elegibilidad, confirma que no hay objeciones de la fiscalia, y solicita que el juez firme la orden. El juez tipicamente firma la orden inmediatamente o dentro de pocos dias.

Conducta para peticion contestada. Cuando la fiscalia objeta, la audiencia se conduce como audiencia evidenciaria. El solicitante presenta evidencia de elegibilidad — testimonio del solicitante, documentacion del caso original, documentacion de rehabilitacion (para no-divulgacion). La fiscalia presenta sus argumentos en contra. El juez puede tomar la decision en la audiencia o tomar la cuestion bajo asesoramiento para decision por escrito posterior.

Cuando el solicitante no necesita comparecer. En muchos casos no contestados, el solicitante no necesita comparecer personalmente a la audiencia — el abogado comparece en su nombre. Esto es particularmente importante para clientes que viven fuera del area DFW, que tienen compromisos laborales que dificultan la asistencia, o que prefieren no comparecer publicamente. En casos contestados, la presencia del solicitante para testimonio puede ser necesaria.

Paso 7 — Obtener y distribuir la orden final

Despues de que el juez firma la orden, el ultimo paso del proceso es la distribucion a las agencias afectadas para implementacion efectiva del remedio.

Obtener copias certificadas. El abogado obtiene del clerk del tribunal copias certificadas de la orden — una para cada agencia listada en la peticion. Las copias certificadas son documentos oficiales con sello del tribunal que las agencias deben procesar. Las copias regulares (sin certificacion) no son suficientes — las agencias tipicamente rechazan procesar sin la copia certificada oficial.

Distribucion a agencias. El abogado envia las copias certificadas a cada agencia mediante correo certificado con acuse de recibo. La distribucion tipica incluye: agencia de arresto, agencia de procesamiento, DPS Crime Records, FBI (mediante el procedimiento federal correspondiente), oficina del District Attorney, clerk del tribunal, centro de pretrial services, otras agencias enumeradas en la peticion.

Para expuncion — confirmacion de destruccion. Bajo el Art. 55.04, cada agencia debe destruir los registros y notificar al tribunal cuando la destruccion esta completa. El tribunal mantiene registro de las confirmaciones. Cuando todas las agencias han confirmado, la expuncion esta completamente implementada. El proceso completo desde la firma de la orden hasta la confirmacion de todas las agencias tipicamente toma 60-180 dias.

Para no-divulgacion — actualizacion de bases de datos del DPS. El DPS Crime Records procesa la orden y actualiza las bases de datos del TCIC. La actualizacion tipicamente toma 30-60 dias. El DPS coordina con el NCIC para actualizacion en bases de datos federales. Una verificacion mediante nuevo reporte del DPS sobre el historial criminal confirma la implementacion efectiva del sealing.

Disputa con CRAs privadas. Las companias privadas de antecedentes criminales no estan vinculadas directamente por la orden estatal, pero tienen obligaciones bajo el Fair Credit Reporting Act federal (15 U.S.C. §1681 et seq.) y Texas Business & Commerce Code §20.05. Si las CRAs continuan reportando el cargo despues del sealing efectivo, el solicitante puede presentar disputas formales bajo FCRA §1681i citando la orden del tribunal. Las CRAs tienen 30 dias para investigar y corregir.

Seguimiento a largo plazo. En algunos casos, registros aislados pueden aparecer incluso despues de la expuncion completa — por ejemplo, en busquedas de antecedentes criminales realizadas antes del sealing y archivadas por terceros. El monitoreo periodico mediante busquedas propias de antecedentes ayuda a identificar y abordar apariciones residuales.

El proceso completo desde la consulta inicial hasta el sealing/destruccion efectiva tipicamente toma de 6 a 14 meses dependiendo del condado, la complejidad del caso, y la presencia de objeciones de la fiscalia.

Tiempos para expuncion:

  • Consulta inicial y verificacion de elegibilidad: 1-3 semanas.
  • Preparacion de la peticion: 1-2 semanas.
  • Presentacion al clerk y asignacion al juez: 1-2 semanas.
  • Periodo de servicio a agencias y objeciones: 30-60 dias.
  • Programacion de audiencia: 30-60 dias.
  • Audiencia y firma de orden: 1 dia (mas dias para procesamiento).
  • Distribucion de copias certificadas a agencias: 1-2 semanas.
  • Procesamiento por agencias y confirmacion de destruccion: 60-180 dias.

Tiempos para no-divulgacion:

  • Consulta inicial y verificacion de elegibilidad incluyendo contra §411.074: 1-3 semanas.
  • Preparacion de la peticion con documentacion de rehabilitacion: 2-3 semanas.
  • Presentacion al tribunal: 1 semana.
  • Periodo de objeciones de fiscalia (estatutario): 45 dias minimo.
  • Programacion de audiencia (si necesaria): 30-60 dias.
  • Audiencia y firma de orden: 1 dia.
  • Procesamiento por DPS: 30-60 dias.
  • Coordinacion con NCIC y agencias federales: 60-120 dias.

Por que representacion legal es importante. Tecnicamente, ni el Capitulo 55 ni el §411.0725 requieren representacion legal. Sin embargo, los riesgos de auto-representacion son significativos. La identificacion incompleta de agencias, errores en la verificacion de la peticion, identificacion incorrecta de la base estatutaria, falta de cumplimiento con plazos procesales, o incapacidad para responder a objeciones de la fiscalia pueden resultar en negaciones que requieren re-presentacion o, en casos graves, eliminan la elegibilidad permanentemente. La consulta con un abogado familiarizado con la practica de expuncion y no-divulgacion en el condado relevante reduce sustancialmente estos riesgos.

L and L Law Group, PLLC tramita peticiones de expuncion y no-divulgacion en los nueve condados del norte de Texas que servimos: Collin, Dallas, Denton, Tarrant, Rockwall, Kaufman, Ellis, Johnson y Hunt. Los socios cofundadores Reggie London (Bar #24043514) y Njeri London (Bar #24043266) — ambos abogados de Texas licenciados desde 2005 — manejan cada peticion personalmente desde la verificacion de elegibilidad hasta la confirmacion del remedio efectivo. La consulta inicial es gratuita y confidencial, en ingles o espanol. Telefono: (972) 370-5060. Oficina: 5899 Preston Road, Suite 101, Frisco, TX 75034.

Preguntas frecuentes

Donde presento mi peticion de expuncion en Texas?

La peticion de expuncion bajo el Art. 55.02 del Codigo de Procedimiento Criminal se presenta en el tribunal de distrito del condado donde ocurrio el arresto. Si el arresto cubrio multiples condados, la peticion debe presentarse en cada condado afectado. Para casos donde la persona fue arrestada pero nunca formalmente acusada en tribunal, la peticion se presenta en cualquier tribunal de distrito del condado del arresto. En la practica, esto significa identificar correctamente el condado (no la ciudad) del arresto. Por ejemplo, un arresto por la policia de Plano (Plano PD) requiere peticion en el tribunal de distrito del Condado de Collin (no del Condado de Dallas), porque Plano esta en el Condado de Collin. Errores en la identificacion del condado correcto resultan en peticiones presentadas al tribunal equivocado y requieren re-presentacion.

Donde presento mi peticion de no-divulgacion?

A diferencia de la peticion de expuncion, la peticion de no-divulgacion bajo el Government Code §411.0725 se presenta en el tribunal que entro la orden original de desestimacion bajo el Art. 42A.111 — el tribunal que conocio la adjudicacion diferida exitosa. Para misdemeanors, esto generalmente es un County Court at Law del condado donde se proceso el caso original. Para felonias, esto generalmente es un District Court del condado. Es importante identificar el numero de causa especifico del caso original para asignacion correcta. El expediente del caso original esta disponible mediante busqueda del sistema del clerk del condado, frecuentemente accesible en linea.

Cuanto cuesta presentar una peticion de expuncion?

Las tarifas en los condados del norte de Texas tipicamente totalizan $250-$400 incluyendo: tarifa de presentacion estandar del tribunal de distrito ($200-$300 dependiendo del condado), tarifa adicional para procesamiento de agencias ($25-$50), y costos por copia certificada para distribuir la orden final a las agencias listadas. Los honorarios del abogado son separados — tipicamente $1,500-$3,000 para una peticion no contestada por un cargo simple. Casos complejos con multiples cargos, multiples condados, o oposicion de la fiscalia pueden tener honorarios mas altos. Para personas indigentes, una declaracion de pauperis puede exentar las tarifas del tribunal. La consulta inicial es estandar gratuita para evaluar elegibilidad y proporcionar estimacion de costos.

Cuanto cuesta presentar una peticion de no-divulgacion?

La tarifa estatutaria es $28 mas las tarifas locales del condado, tipicamente totalizando $250-$350 en los condados del norte de Texas. La tarifa es significativamente menor que la peticion de expuncion porque el procesamiento es menos extenso — el sealing afecta principalmente las bases de datos del DPS y entidades enumeradas, mientras la expuncion requiere destruccion fisica de multiples copias en multiples agencias. Los honorarios del abogado son separados — tipicamente $1,200-$2,500 para una peticion no contestada. Casos con oposicion de la fiscalia o que requieren audiencia evidenciaria pueden tener honorarios mas altos. La consulta inicial es estandar gratuita.

Como identifico todas las agencias que tienen registros de mi caso?

Esta es una causa frecuente de fallas en peticiones. Las agencias principales tipicas incluyen: agencia de arresto (departamento de policia local, sheriff del condado, DPS Highway Patrol), agencia de procesamiento (centro de detencion del condado si diferente de la agencia de arresto), DPS Crime Records (repositorio centralizado del estado en TCIC), FBI (NCIC y bases federales), oficina del District Attorney que proceso el caso, clerk del tribunal, centros de pretrial services del condado, y otras agencias dependiendo de la naturaleza del caso (TABC para alcohol, DPS Driver License para cargos de manejo). El reporte completo del historial criminal del DPS (formulario Right to Know) y del FBI (formulario IdHSC) muestra que agencias tienen registros. La consulta con un abogado familiarizado con la practica en el condado relevante reduce errores en la identificacion.

Que pasa si la fiscalia objeta mi peticion?

Cuando la fiscalia objeta, la audiencia se convierte en evidenciaria. Para peticiones de expuncion, la fiscalia tipicamente objeta citando exclusiones del Art. 55.01(c) — particularmente convicciones relacionadas del mismo episodio criminal — o cuestionando la base estatutaria de elegibilidad. Para peticiones de no-divulgacion, la fiscalia tipicamente objeta citando el estandar "interest of justice" del §411.0725(b) — argumentando que la naturaleza del cargo, fuerza del caso, o historial criminal del solicitante hace que el sealing no este en el interes de justicia. La respuesta del solicitante debe abordar especificamente cada objecion con autoridades estatutarias y jurisprudenciales, evidencia comprobatoria, y documentacion de rehabilitacion. Las negociaciones pre-audiencia pueden resolver objeciones legitimas; en algunos casos, modificaciones de la peticion abordan las preocupaciones de la fiscalia.

Tengo que comparecer personalmente a la audiencia?

Depende. Para peticiones no contestadas, donde la fiscalia no objeta y las agencias no comparecen, el abogado puede comparecer en nombre del solicitante sin requerir su presencia personal. Esto es particularmente importante para clientes que viven fuera del area DFW, que tienen compromisos laborales que dificultan la asistencia, o que prefieren no comparecer publicamente. Para peticiones contestadas donde la fiscalia objeta y se requiere audiencia evidenciaria, la presencia del solicitante para testimonio puede ser necesaria. La estrategia depende de la naturaleza de las objeciones. En la consulta inicial, el abogado puede evaluar la probabilidad de objeciones y discutir la estrategia de comparecencia.

Cuanto tiempo toma el proceso completo de expuncion?

El proceso completo desde la consulta inicial hasta la confirmacion de destruccion de todos los registros tipicamente toma de 8 a 14 meses. La distribucion tipica es: consulta inicial y verificacion (1-3 semanas), preparacion de peticion (1-2 semanas), presentacion y asignacion al juez (1-2 semanas), periodo de servicio y objeciones (30-60 dias), programacion de audiencia (30-60 dias), audiencia y firma de orden (1 dia mas procesamiento), distribucion de copias certificadas (1-2 semanas), procesamiento por agencias (60-180 dias). El procesamiento por el FBI puede tomar mas tiempo que el DPS — frecuentemente 6-12 meses adicionales para la actualizacion completa en el NCIC. La planeacion temprana es importante para clientes con plazos especificos.

Cuanto tiempo toma el proceso de no-divulgacion?

El proceso completo tipicamente toma de 4 a 8 meses. La distribucion tipica es: consulta y verificacion incluyendo contra §411.074 (1-3 semanas), preparacion con documentacion de rehabilitacion (2-3 semanas), presentacion (1 semana), periodo estatutario de objeciones de 45 dias minimo, programacion de audiencia si necesaria (30-60 dias adicionales), audiencia y firma de orden (1 dia), procesamiento por DPS (30-60 dias), coordinacion con NCIC y bases federales (60-120 dias adicionales). En total, desde elegibilidad hasta sealing efectivo en todas las bases de datos relevantes, el plazo es tipicamente 5-10 meses. La planeacion temprana es importante para clientes que necesitan el sealing antes de aplicaciones especificas.

Que pasa si las CRAs privadas continuan reportando el cargo despues del sealing?

Las companias privadas de antecedentes criminales (CRA — Consumer Reporting Agencies) no estan vinculadas directamente por la orden estatal del tribunal — la orden afecta al DPS y agencias gubernamentales. Sin embargo, las CRAs tienen obligaciones bajo el Fair Credit Reporting Act federal (15 U.S.C. §1681 et seq.) y la Texas Business & Commerce Code §20.05 para mantener informacion precisa. Si las CRAs continuan reportando el cargo despues del sealing efectivo, el solicitante puede presentar disputas formales bajo el FCRA §1681i citando la orden del tribunal como evidencia. Las CRAs tienen 30 dias para investigar y corregir. Si las CRAs persisten en reportar incorrectamente, hay remedios bajo el FCRA incluyendo demandas por danos. La orden judicial es documentacion fuerte para estas disputas, lo cual es una razon importante para preferir peticion formal sobre no-divulgacion automatica cuando se anticipan disputas con CRAs.

Puedo presentar peticion si vivo fuera del area DFW?

Si. La peticion se presenta en el tribunal del condado donde ocurrio el arresto (para expuncion) o donde se proceso el caso original (para no-divulgacion), no en el tribunal del condado donde el solicitante actualmente reside. Para clientes que viven fuera del area DFW pero tuvieron un cargo en uno de los condados del norte de Texas, L and L Law Group puede manejar el proceso completo sin requerir comparecencia del cliente para peticiones no contestadas. Las consultas iniciales pueden conducirse por telefono o videoconferencia. La documentacion puede enviarse electronicamente. La comparecencia del abogado a la audiencia, cuando es no contestada, no requiere presencia del cliente. Esta es una ventaja importante para clientes que se mudaron despues del cargo original.

Como me ayuda L and L Law Group con el proceso de peticion?

L and L Law Group, PLLC maneja el proceso completo de peticion desde la consulta inicial hasta la implementacion final del remedio. Los socios cofundadores Reggie London (Bar #24043514) y Njeri London (Bar #24043266) — ambos abogados de Texas licenciados desde 2005 — manejan cada peticion personalmente. El proceso incluye: (1) verificacion de elegibilidad bajo Art. 55.01 o §411.0725, (2) identificacion completa de agencias afectadas, (3) preparacion y verificacion de la peticion con elementos requeridos, (4) presentacion en el tribunal correcto con pago de tarifas, (5) manejo del periodo de servicio y respuesta a objeciones, (6) preparacion para y conducta en la audiencia, (7) obtencion de copias certificadas de la orden final, (8) distribucion a todas las agencias afectadas, (9) seguimiento del procesamiento por agencias, y (10) verificacion del remedio efectivo. La consulta inicial es gratuita en ingles o espanol. Telefono: (972) 370-5060.

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Send a few details and a co-founding partner will reach back within an hour, day or night. Sin centro de llamadas. Sin filtro de paralegal.

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