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Defensa de Cargos Federales

Defensa Federal de Restitución — Texas MVRA 18 USC sección 3663A

Los cargos penales en Texas se acusan bajo el Penal Code y se procesan bajo el Code of Criminal Procedure en los nueve condados de DFW que atendemos. Los socios cofundadores de L and L Law Group, PLLC supervisan cada caso de federal restitution exposure desde plea negotiation, aplican Honeycutt para limitar individual liability, aplican Lagos para excluir investigation costs, y manejan directamente la sentencing hearing argument y appeal en TXND y TXED.

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Nota editorial. Este artículo es información legal general publicada por L and L Law Group, PLLC, un bufete con licencia del Colegio de Abogados de Texas. No es asesoría legal para ningún caso específico. No surge una relación abogado-cliente hasta que se firme un contrato de representación por escrito. Revisado por Njeri London (TX Bar 24043266) y Reggie London (TX Bar 24043514) el 2026-05-18.

Qué es la restitución federal

La restitución federal opera bajo dos estatutos principales:

18 USC sección 3663 — Restitución discrecional. La Victim and Witness Protection Act of 1982 autoriza a la corte, a su discreción, a ordenar restitución por cualquier delito del Título 18, ciertos delitos de piratería aérea y delitos de drogas. La corte considera (1) el monto de la pérdida, (2) los recursos financieros y la capacidad de generar ingresos del acusado, (3) las necesidades financieras de los dependientes del acusado y (4) otros factores que la corte considere apropiados.

18 USC sección 3663A — Mandatory Victim Restitution Act (MVRA). Vigente desde 1996, la MVRA exige restitución obligatoria por: delitos violentos, delitos contra la propiedad bajo el Título 18 (incluidos fraude, robo y malversación), delitos de drogas que causen lesión corporal y ciertos delitos de manipulación (tampering). Bajo la MVRA, la corte NO tiene discreción para negar la restitución: debe ordenar el monto total de la pérdida de la víctima sin importar la capacidad de pago del acusado (United States v. Bullock, 698 F.3d 1083 (8th Cir. 2012)).

Elementos del mandato de la MVRA:

  • Víctima identificable. Una persona o entidad específica que sufrió una pérdida como resultado directo del delito por el que fue condenado el acusado.
  • Pérdida pecuniaria. Daño económico cuantificable: pérdida de propiedad, gastos médicos, ingresos perdidos, gastos funerarios (en casos de muerte). Los daños no económicos (dolor y sufrimiento, angustia emocional) generalmente no son recuperables mediante la MVRA.
  • Causalidad. La pérdida debe derivar del delito de la condena. Los daños consecuenciales y las pérdidas remotas generalmente quedan excluidos.

Otros estatutos de restitución especializados:

  • 18 USC sección 2259 — Restitución en casos de pornografía infantil, incluida la Amy & Vicky Child Pornography Victim Assistance Act of 2018.
  • 18 USC sección 2264 — Restitución por delitos sexuales contra menores.
  • 18 USC sección 2327 — Restitución en casos de fraude por telemercadeo.

La restitución federal es con frecuencia el aspecto financieramente más grave de un caso federal: puede superar en costo total a la propia sentencia de prisión. La Mandatory Victim Restitution Act of 1996 (MVRA), codificada en 18 USC sección 3663A, impone restitución obligatoria por delitos violentos, delitos contra la propiedad incluido el fraude, delitos de drogas que causen lesión corporal y otros delitos específicos. El cálculo puede alcanzar cientos de miles o millones de dólares; el cobro se extiende por 20 años después de la salida de prisión.

La defensa en materia de restitución federal requiere un análisis sofisticado de la metodología de cálculo de la pérdida, del alcance de las pérdidas compensables bajo Lagos v. United States 584 U.S. ___ (2018), de la responsabilidad individual bajo Honeycutt v. United States 581 U.S. 443 (2017) y de la estructuración del plan de pagos. L and L Law Group, PLLC representa a clientes en el Northern District of Texas (TXND) y el Eastern District of Texas (TXED). Reggie London (State Bar of Texas #24043514, admitido en TXND, TXED y 5th Cir.) y Njeri London (Bar #24043266) manejan estos casos personalmente. Llame al (972) 370-5060.

Honeycutt v. United States — fin de la restitución solidaria (joint-and-several)

Honeycutt v. United States, 581 U.S. 443 (2017), revolucionó la restitución y el decomiso federales al abolir la responsabilidad solidaria (joint-and-several liability). La Corte Suprema sostuvo que el decomiso bajo 21 USC sección 853 se limita a los bienes que el acusado obtuvo personalmente: la corte no puede ordenar a un acusado decomisar bienes que recibió un coconspirador y que el acusado nunca tuvo en su poder.

La doctrina de Honeycutt se ha extendido a la restitución bajo la MVRA en muchos circuitos. Bajo el análisis posterior a Honeycutt:

  • Cada acusado paga restitución solo por las pérdidas que causó personalmente, no por las causadas por sus coconspiradores.
  • Las órdenes de restitución solidaria son improcedentes.
  • La defensa debe demostrar qué porción de la pérdida es atribuible a cada acusado en particular.
  • En esquemas de fraude, el beneficio y el papel individual del acusado limitan su exposición a la restitución.

La práctica anterior a Honeycutt ordenaba de manera rutinaria que todos los acusados en casos de conspiración respondieran solidariamente por la pérdida total del fraude, incluso cuando un acusado en particular había recibido un beneficio mínimo. Honeycutt revirtió ese enfoque y exige un análisis individualizado.

Aplicación en el Quinto Circuito. El Quinto Circuito ha aplicado las limitaciones de Honeycutt en casos posteriores. United States v. Sanjar, 876 F.3d 725 (5th Cir. 2017), abordó cuestiones similares. La defensa en TXND/TXED puede apoyarse en Honeycutt para limitar la exposición individual a la restitución.

Estrategia práctica de defensa después de Honeycutt:

  • Desarrollar evidencia del beneficio individual (registros bancarios, patrones de gasto, acumulación de activos).
  • Documentar las limitaciones del papel del acusado y su ausencia en las transacciones clave.
  • Negociar el monto de la restitución en el acuerdo de culpabilidad con aplicación explícita del principio de Honeycutt.
  • Impugnar el cálculo de la restitución en la sentencia mediante una audiencia probatoria.
  • Apelar las órdenes de restitución que excedan la pérdida individual atribuible al acusado.

Metodología de cálculo de la pérdida y alcance

El cálculo de la pérdida para restitución es con frecuencia la disputa más grande de toda la sentencia. La metodología depende del tipo de delito:

Delitos de fraude. La pérdida es generalmente el daño pecuniario real o pretendido. Los métodos de cálculo incluyen:

  • Pérdida directa (out-of-pocket). Daño económico directo a la víctima: dinero pagado en el esquema fraudulento, valor de la propiedad transferida.
  • Compensaciones por beneficio otorgado. Valor de los servicios o bienes legítimos que el acusado proporcionó (servicios médicos en fraude de salud, productos entregados).
  • Fraude de inversiones. Dinero pagado menos dinero devuelto, más intereses en algunos casos.
  • Fraude de salud. Monto pagado por Medicare/Medicaid menos los servicios médicamente necesarios prestados.
  • Robo de identidad. Pérdidas directas más los costos para restaurar el crédito y la identidad (conforme a United States v. Norfleet, 947 F.3d 313 (5th Cir. 2020)).

Delitos violentos. La pérdida incluye:

  • Gastos médicos (pasados y futuros).
  • Ingresos perdidos (pasados y futuros).
  • Gastos funerarios necesarios (en casos con víctimas fatales).
  • Daño o pérdida de propiedad.
  • Salarios perdidos por la asistencia de la víctima a las audiencias.

Delitos de drogas (cuando causan lesión corporal). Limitado a delitos de drogas que efectivamente causaron lesión corporal. La simple posesión o distribución sin lesión generalmente no genera restitución bajo la MVRA.

Lagos v. United States, 584 U.S. ___ (2018). La Corte Suprema sostuvo que la restitución bajo la MVRA por delitos contra la propiedad no incluye los gastos consecuenciales de la investigación y el litigio que la víctima realiza después de la pérdida. Rechazó específicamente la restitución por costos de investigación, honorarios profesionales e investigaciones internas en casos de fraude. Es una limitación significativa a la práctica histórica del gobierno de buscar una restitución amplia.

Requisito de causalidad. La pérdida debe ser causada de manera próxima por el delito de la condena. Hughey v. United States, 495 U.S. 411 (1990), limitó la restitución a las pérdidas derivadas de la conducta por la que se condenó (no de toda la conducta relacionada). Enmiendas estatutarias posteriores ampliaron el alcance, pero la causalidad sigue siendo una limitación crucial.

Procedimiento de la audiencia de sentencia para la restitución

La restitución se determina en la audiencia de sentencia bajo el procedimiento de Fed. R. Crim. P. 32. Elementos procesales clave:

Informe de Investigación Previo a la Sentencia (PSR). La U.S. Probation Office prepara el PSR, que incluye el cálculo de la restitución. El PSR identifica a las víctimas, calcula la pérdida y recomienda un monto de restitución. La defensa recibe el PSR aproximadamente 35 días antes de la sentencia bajo Fed. R. Crim. P. 32(e)(2).

Procedimiento de objeción. La defensa debe presentar objeciones por escrito al PSR dentro de los 14 días siguientes a su recepción bajo la Regla 32(f)(1). Las objeciones incluyen impugnaciones a: la identificación de las víctimas, la metodología de cálculo, las pérdidas incluidas, la atribución de la pérdida al acusado y las consideraciones sobre capacidad de pago.

Audiencia probatoria. Si persisten disputas de hecho sustanciales, la corte debe celebrar una audiencia probatoria bajo la Regla 32(i)(3)(B). El monto de la restitución debe determinarse por preponderancia de la evidencia. El gobierno tiene la carga de probar la pérdida; el acusado tiene la carga en cuanto a los factores que reducen la restitución (capacidad de pago, circunstancias financieras).

Determinaciones de la corte. La corte debe hacer determinaciones específicas sobre el monto de la restitución, la identificación de las víctimas, el calendario de pagos (si lo hay) y la prioridad entre múltiples víctimas.

Plazo de 90 días. 18 USC sección 3664(d)(5) prevé que la restitución se determine dentro de los 90 días posteriores a la sentencia si no pudo determinarse en la sentencia misma. Una demora más allá de los 90 días puede no impedir la restitución, pero crea defensas procesales (Dolan v. United States, 560 U.S. 605 (2010), aunque con limitaciones).

Modificaciones. Bajo 18 USC sección 3664(o), la orden de restitución puede modificarse por un cambio en las circunstancias económicas del acusado. La corte puede modificar el calendario de pagos (no el monto total) según la capacidad de pago del acusado.

Estructuración del plan de pagos y cobro

Una vez ordenada la restitución, comienza la fase de pago. Un manejo estratégico puede afectar significativamente el impacto sobre el acusado:

Calendario de pagos en la sentencia. La corte puede ordenar: (1) pago inmediato, (2) pago en una fecha determinada, (3) pagos periódicos. La orden debe reflejar la capacidad real de pago del acusado considerando ingresos, activos, dependientes y otras obligaciones.

Programa de Responsabilidad Financiera para Reclusos del BOP (IFRP). Los reclusos federales participan en el IFRP: normalmente pagan un mínimo de $25 al mes del salario de prisión (la paga de UNICOR es de alrededor de $0.23-$1.15 por hora) o de depósitos familiares. Negarse a participar puede resultar en pérdida de privilegios (límites de comisaría, restricciones en la asignación de alojamiento, aumentos en el nivel de seguridad).

Términos de pago durante la libertad supervisada. El oficial de probation supervisa el pago de la restitución durante la libertad supervisada. Las condiciones típicamente incluyen pagos mensuales mínimos (con frecuencia de $50-200), reportes financieros y verificación de empleo.

Ejecución del cobro. La restitución se cobra mediante:

  • Embargo de salario (hasta el 25 por ciento del ingreso disponible bajo 15 USC sección 1673, con ajustes bajo la Federal Debt Collection Procedures Act).
  • Retención de reembolsos de impuestos (Treasury Offset Program).
  • Retención de beneficios federales (Seguro Social, pensiones federales).
  • Embargo bancario mediante writ of garnishment.
  • Gravámenes sobre bienes inmuebles (registrados en el condado donde el acusado tiene propiedades).
  • Recursos de cobro bajo la Federal Civil Practice and Procedure Act.

Duración del cobro. El gravamen para ejecutar la restitución continúa por 20 años después de dictada la sentencia, o 20 años después de la liberación del acusado de prisión (lo que ocurra más tarde) bajo 18 USC sección 3613(b). Es renovable por 20 años adicionales.

Modificación de los términos de pago. La corte puede modificar el calendario de pagos (no el monto total) por un cambio de circunstancias bajo 18 USC sección 3664(o)(1)(D). La defensa puede solicitar la modificación cuando el acusado pierde su empleo, desarrolla una discapacidad o tiene mayores obligaciones familiares.

Bancarrota y restitución. La restitución federal generalmente NO es cancelable en bancarrota bajo 11 USC sección 523(a)(7), (13). La restitución derivada de una condena sobrevive a la bancarrota. Pueden aplicar algunas excepciones muy limitadas para restitución no basada en una condena.

Defensas centrales en la sentencia y la apelación

La defensa en materia de restitución opera en múltiples niveles:

1. Defensa de causalidad. La pérdida debe ser causada de manera próxima por el delito de la condena. La defensa puede impugnar: pérdidas remotas, daños consecuenciales, causas intervinientes de terceros y pérdidas por conducta relacionada pero no imputada.

2. Defensa sobre el cálculo de la pérdida. Impugnar la metodología específica, las pérdidas incluidas, las compensaciones no acreditadas y la inflación de los daños.

  • Fraude de salud: disputar el valor de los servicios médicamente necesarios que debe deducirse.
  • Fraude de inversiones: disputar los montos devueltos a las víctimas y los ingresos generados por los fondos invertidos.
  • Robo de identidad: disputar los costos de restauración que excedan la pérdida directa.
  • Daño a la propiedad: disputar el valor de reparación frente al de reemplazo, y la depreciación.

3. Limitación de Honeycutt. Impugnar las órdenes de restitución solidaria y exigir una atribución individualizada.

4. Limitación de Lagos. Impugnar la restitución por costos de investigación, honorarios profesionales y gastos de investigaciones internas.

5. Límites del alcance estatutario. Impugnar la restitución ordenada bajo un estatuto inapropiado (aplicación de la MVRA a delitos que no califican, restitución discrecional bajo un delito del Título 18 que no corresponde).

6. Consideraciones sobre capacidad de pago. Para la restitución discrecional bajo la sección 3663, la capacidad de pago es un factor estatutario. Para la MVRA bajo la sección 3663A, la capacidad de pago NO afecta el monto ordenado, pero sí afecta el calendario de pagos.

7. Cláusulas de restitución en el acuerdo de culpabilidad. Los acuerdos de culpabilidad deben abordar explícitamente: el monto de la restitución, la metodología, las limitaciones a la responsabilidad solidaria, los términos de pago, las modificaciones y la preservación del derecho de apelación.

8. Opciones de apelación. Las órdenes de restitución son apelables bajo 18 USC sección 3742. Fundamentos comunes de apelación:

  • Metodología de cálculo indebida.
  • Fallas de causalidad.
  • Violaciones de Lagos.
  • Violaciones de Honeycutt.
  • Determinaciones insuficientes.
  • Deficiencias procesales en la sentencia.

Preservar la apelación requiere objeciones explícitas en la audiencia de sentencia. No objetar puede resultar en que la apelación se revise bajo el estándar de error evidente (plain error), que es mucho más exigente.

Estrategia en la fase de acuerdo para minimizar la restitución

La etapa de negociación del acuerdo de culpabilidad es el momento más eficaz para minimizar la exposición a la restitución. La estrategia incluye:

1. Selección del cargo. Distintos delitos activan distintas reglas de restitución. Declararse culpable de un delito no cubierto por la MVRA cuando sea posible. Declararse culpable de un delito con restitución discrecional cuando así se evita un delito con restitución obligatoria.

2. Estipulación de la pérdida. El acuerdo de culpabilidad estipula un monto de pérdida específico. El gobierno lo acepta a cambio de la declaración de culpabilidad. Evita una audiencia de sentencia extensa sobre la pérdida. Es común cuando el cálculo de la pérdida del gobierno tiene debilidades.

3. Estipulación sobre la atribución de víctimas. Especificar de qué víctimas es responsable el acusado, abordando explícitamente los principios de Honeycutt.

4. Precaución con la renuncia a Honeycutt. El gobierno a veces busca que se renuncie al principio de Honeycutt en el acuerdo de culpabilidad. La defensa generalmente debe resistirse: preservar la defensa de Honeycutt tiene un valor significativo.

5. Estructuración del plan de pagos. El acuerdo de culpabilidad especifica el calendario de pagos, los derechos de modificación y la discreción de la corte sobre los términos de pago.

6. Coordinación con el decomiso de activos. El decomiso y la restitución interactúan. United States v. Pescatore, 637 F.3d 128 (2d Cir. 2011), abordó las compensaciones entre ambos. El acuerdo de culpabilidad debe coordinar el decomiso y la restitución para evitar un doble pago.

7. Impacto de la cooperación. La cooperación con asistencia sustancial puede afectar la determinación de la restitución en algunos casos (cuando el gobierno tiene discreción). Puede producir una recomendación de restitución reducida o términos de pago favorables.

8. Alternativas a la restitución. Algunos acuerdos de culpabilidad incluyen el consentimiento a una sentencia civil o requisitos de servicio comunitario en lugar de ciertos montos de restitución.

9. Consideraciones financieras familiares. El acuerdo de culpabilidad puede abordar la protección de los bienes familiares, los bienes exentos (vivienda familiar o homestead, cuentas de retiro bajo ERISA) y las consideraciones sobre el ingreso del cónyuge.

El efecto acumulado de una planificación cuidadosa de la restitución en la etapa de negociación puede ser dramático: en algunos casos reduce la exposición de millones a decenas de miles de dólares. No abordar la restitución en el acuerdo de culpabilidad produce con frecuencia sorpresas en la sentencia y problemas de cobro que duran décadas.

Casos específicos por tipo de delito

El análisis de la restitución varía significativamente según el tipo de delito:

Fraude de salud. Reclamaciones a Medicare/Medicaid pagadas por servicios no prestados. Las impugnaciones de la defensa incluyen: servicios médicamente necesarios que deben compensarse; facturas pagadas por servicios legítimos dentro del esquema fraudulento; limitar la restitución a la pérdida real del gobierno (no a la facturación bruta).

Fraude electrónico/postal. Pérdidas de las víctimas rastreadas al esquema del acusado. Impugnaciones de la defensa: problemas de causalidad, pérdidas remotas, eventos intervinientes de terceros, conducta contributiva de la víctima.

Fraude bancario. Pérdida de la institución financiera. La defensa puede impugnar: relaciones préstamo-valor que muestren una recuperación parcial; valuaciones de la garantía; negligencia contributiva del banco.

Fraude fiscal. El IRS normalmente no recibe restitución porque el gobierno ya pagó los fondos. Pero la restitución puede incluir a víctimas de preparadores de impuestos privados (fraude en la preparación de declaraciones de terceros donde el preparador perjudicó a sus clientes).

Fraude de valores. Pérdidas de los inversionistas rastreadas al fraude. Cálculo complejo que involucra rendimientos de inversión compensatorios, movimientos del mercado e inversiones alternativas.

Robo de identidad. Pérdidas directas de las víctimas más los costos de restauración (reparación del crédito, presentación de quejas ante la FTC, tiempo sin trabajar para resolver el problema).

Pornografía infantil (18 USC sección 2259). Restitución a las víctimas identificadas bajo Paroline v. United States, 572 U.S. 434 (2014), y la Amy & Vicky Child Pornography Victim Assistance Act of 2018. Mínimo obligatorio de $3,000 por cada víctima (bajo la enmienda de 2018), más las pérdidas totales prorrateadas. Cálculo complejo que requiere asistencia de expertos.

Delitos de drogas con lesión corporal. Limitado a delitos de drogas que efectivamente causaron lesión corporal. Gastos médicos, ingresos perdidos y daños relacionados.

Delitos violentos. Gastos médicos, ingresos perdidos, gastos funerarios (en caso de muerte), daño a la propiedad. Las necesidades médicas futuras pueden incluirse con respaldo de expertos.

Para una evaluación gratuita de su exposición a la restitución federal, llame al (972) 370-5060. L and L Law Group, PLLC representa a clientes en TXND y TXED desde la negociación del acuerdo de culpabilidad hasta la sentencia, las apelaciones y los procedimientos de modificación posteriores a la condena.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre la sección 3663 y la sección 3663A?

La sección 3663 es discrecional: la corte puede ordenar restitución considerando la capacidad de pago y otros factores. Aplica a delitos del Título 18 y a ciertos otros delitos. La sección 3663A (Mandatory Victim Restitution Act, MVRA) es obligatoria: la corte DEBE ordenar la restitución completa sin importar la capacidad de pago. Aplica a delitos violentos, delitos contra la propiedad (incluidos fraude, robo y malversación) y delitos de drogas que causen lesión corporal. Su carácter obligatorio limita la flexibilidad en la sentencia, pero crea un fuerte imperativo para que la defensa impugne el cálculo de la pérdida.

¿Qué es la doctrina de Honeycutt?

Honeycutt v. United States, 581 U.S. 443 (2017), sostuvo que el decomiso bajo 21 USC sección 853 se limita a los bienes que el acusado obtuvo personalmente: la corte no puede ordenar a un acusado decomisar bienes que recibió un coconspirador. Muchos circuitos extienden Honeycutt a la restitución bajo la MVRA, aboliendo la responsabilidad solidaria. Cada acusado paga solo por las pérdidas que causó personalmente. La práctica anterior a Honeycutt ordenaba de manera rutinaria que todos los acusados respondieran solidariamente por la pérdida total del fraude; Honeycutt revolucionó ese enfoque.

¿Qué es la doctrina de Lagos?

Lagos v. United States, 584 U.S. ___ (2018), sostuvo que la restitución bajo la MVRA por delitos contra la propiedad NO incluye los gastos consecuenciales de la investigación y el litigio que la víctima realiza después de la pérdida. Rechazó específicamente la restitución por costos de investigación, honorarios profesionales y gastos de investigaciones internas en casos de fraude. Es una limitación significativa a la práctica histórica del gobierno. Aplica a la restitución bajo la MVRA por delitos contra la propiedad; su efecto sobre la restitución discrecional bajo la sección 3663 es menos claro.

¿Cuánto dura el cobro de la restitución federal?

El gravamen para ejecutar la restitución continúa por 20 años después de dictada la sentencia, o 20 años después de la liberación del acusado de prisión (lo que ocurra más tarde) bajo 18 USC sección 3613(b). Es renovable por 20 años adicionales mediante orden de la corte. Para muchos acusados, la restitución federal es en esencia una obligación permanente. La bancarrota generalmente NO cancela la restitución federal bajo 11 USC sección 523(a)(7), (13). Los métodos de cobro incluyen embargo de salario, retención de reembolsos de impuestos, retención de beneficios federales y gravámenes sobre bienes inmuebles.

¿Puedo pagar la restitución desde la prisión?

Sí, a través del Programa de Responsabilidad Financiera para Reclusos (IFRP) del Bureau of Prisons. Los reclusos federales normalmente pagan un mínimo de $25 al mes del salario de prisión o de depósitos familiares. La paga de UNICOR es de alrededor de $0.23-$1.15 por hora. Negarse a participar en el IFRP puede resultar en pérdida de privilegios: límites de comisaría, restricciones en la asignación de alojamiento, aumentos en el nivel de seguridad. La mayoría de los reclusos participa. Los pagos provenientes de depósitos familiares afectan los niveles de contribución requeridos por el IFRP.

¿Pueden modificar mi calendario de pagos?

Sí, bajo 18 USC sección 3664(o), la orden de restitución puede modificarse por un cambio en las circunstancias económicas del acusado. La corte puede modificar el calendario de pagos (no el monto total) según la capacidad de pago. Fundamentos comunes: pérdida del empleo, discapacidad, mayores obligaciones familiares, jubilación, regreso a los estudios. Se requiere una moción ante la corte con documentación de respaldo. El monto total de la restitución normalmente no puede reducirse una vez ordenado, pero los términos de pago sí pueden reestructurarse.

¿Es cancelable la restitución federal en bancarrota?

Generalmente no. 11 USC sección 523(a)(7) excluye de la cancelación las multas, sanciones y decomisos pagaderos al gobierno con fines no compensatorios. 11 USC sección 523(a)(13) excluye las deudas de restitución impuestas en una sentencia penal. La restitución derivada de una condena generalmente sobrevive a la bancarrota. Pueden aplicar excepciones muy limitadas para restitución no basada en una condena. Los acusados no deben asumir que la bancarrota eliminará sus obligaciones de restitución federal.

¿Qué pasa si no puedo pagar la restitución?

La incapacidad de pago no elimina la obligación, pero sí da fundamento para modificar el plan de pagos. Negarse a pagar (pudiendo hacerlo) puede desencadenar sanciones: violación de la libertad supervisada, tiempo adicional en el BOP por las consecuencias de rechazar el IFRP y, en casos extremos, procedimientos por desacato. La defensa debe comunicar las dificultades financieras a través del oficial de probation, solicitar a la corte la modificación de los términos de pago y documentar la incapacidad de pago con declaraciones de impuestos, estados de cuenta bancarios y registros de empleo.

¿Puede el gobierno cobrarle a mi cónyuge o a mi familia?

De forma limitada. Los ingresos y bienes propios del cónyuge generalmente no están sujetos a la restitución del acusado. Los estados con régimen de bienes gananciales (Texas es un estado de bienes gananciales) crean complicaciones. El cónyuge puede ser responsable de las deudas de la sociedad conyugal. Las cuentas conjuntas en las que el acusado tiene participación están sujetas a embargo. Los bienes que familiares entregaron al acusado antes de la comisión del delito pueden no ser alcanzables, pero las transferencias posteriores al delito (especialmente las transferencias fraudulentas bajo la ley federal o estatal) pueden revertirse.

¿Qué es Paroline v. United States?

Paroline v. United States, 572 U.S. 434 (2014), abordó la restitución a víctimas de pornografía infantil bajo 18 USC sección 2259. La Corte sostuvo que la restitución debe reflejar el papel relativo del acusado en causar las pérdidas de la víctima, mediante un enfoque desagregado. La Amy & Vicky Child Pornography Victim Assistance Act of 2018 enmendó la sección 2259 para establecer un mínimo obligatorio de $3,000 por víctima identificada, más las pérdidas totales prorrateadas. La defensa en casos de pornografía infantil requiere asistencia de expertos para el cálculo de la restitución.

¿Cómo afecta la cooperación a la determinación de la restitución?

La cooperación puede afectar la restitución de varias maneras: (1) el gobierno puede tener discreción sobre la recomendación de restitución en el acuerdo de culpabilidad; (2) la cooperación puede reducir los cargos que activan la aplicación de la MVRA; (3) la reducción por asistencia sustancial bajo USSG sec 5K1.1 reduce la sentencia de prisión, pero normalmente no el monto de la restitución; (4) la cooperación puede producir términos de pago favorables. La prioridad que el gobierno da a la restitución varía: los casos de fraude y de cuello blanco reciben más atención; los casos de delitos violentos, menos.

¿Cómo aborda L and L Law Group una defensa de restitución federal?

La representación comienza con un análisis integral de la pérdida: (1) revisar el cálculo de la restitución en el PSR; (2) identificar impugnaciones de causalidad; (3) aplicar los principios de Honeycutt para limitar la responsabilidad individual; (4) aplicar las limitaciones de Lagos para excluir los costos de investigación; (5) desarrollar compensaciones y créditos; (6) negociar estipulaciones de pérdida en el acuerdo de culpabilidad; (7) prepararse para la audiencia probatoria si persisten disputas; (8) preservar la apelación mediante objeciones específicas; (9) negociar el plan de pagos después de la sentencia. Reggie London (Bar #24043514, admitido en TXND, TXED y 5th Cir.) maneja personalmente la defensa en materia de restitución federal. (972) 370-5060.

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